Corte Suprema niega libertad a Sandra Ortiz, quien permanecerá en prisión por caso Ungrd
Corte niega libertad a Sandra Ortiz; seguirá en prisión por caso Ungrd

Corte Suprema mantiene en prisión a Sandra Ortiz por caso de corrupción en la Ungrd

La exsenadora y exconsejera presidencial Sandra Ortiz deberá continuar privada de la libertad tras la decisión de la Sala de Tutelas Número 1 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que negó la solicitud de libertad por vencimiento de términos presentada por su defensa mediante una acción de tutela.

Fundamentos de la decisión judicial

La resolución, con ponencia del magistrado Carlos Roberto Solórzano, fue entregada el martes 17 de febrero y establece que la exfuncionaria del gobierno de Gustavo Petro permanecerá en la Escuela de Carabineros de la Policía mientras avanza la investigación por lavado de activos y tráfico de influencias en el marco del escándalo de corrupción de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd).

El Alto Tribunal determinó que no procedía amparar la decisión de la Sala de Casación Laboral en el trámite de hábeas corpus, al considerar que:

  • La resolución judicial contaba con fundamento normativo
  • Se ajustaba a los parámetros constitucionales propios de este mecanismo excepcional
  • La accionante disponía de mecanismos judiciales idóneos para controvertir la decisión inicial

Recurso desistido y tutela improcedente

La Corte precisó que Sandra Ortiz contaba con un recurso de apelación para impugnar la decisión del Juzgado 79 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, que originalmente negó su libertad por vencimiento de términos. Sin embargo, la exsenadora optó voluntariamente por desistir de ese recurso, lo que según el tribunal impide posteriormente acudir a la acción de tutela como vía para reabrir el debate.

"La intervención del juez constitucional es de carácter subsidiario y no puede reemplazar los mecanismos ordinarios previstos en la ley", señaló la providencia, añadiendo que el hábeas corpus tampoco podía emplearse como herramienta para sustituir el trámite y la resolución del recurso de apelación.

Sin vulneración de derechos fundamentales

La Sala concluyó que no se configuraron vulneraciones a derechos fundamentales como el debido proceso o el derecho a la defensa, ni se evidenciaron defectos en las actuaciones judiciales que justificaran la intervención excepcional del juez de tutela.

En consecuencia, el Alto Tribunal declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por la defensa de Ortiz, quien deberá permanecer en prisión mientras se determina su responsabilidad en los delitos de lavado de activos y tráfico de influencias relacionados con el caso Ungrd.

Esta decisión judicial consolida la posición de las autoridades frente al proceso investigativo que involucra a la exfuncionaria, manteniendo las medidas cautelares mientras se desarrollan las etapas procesales correspondientes.