La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por Diego Marín Buitrago, conocido como alias ‘Papá Pitufo’, con la que pretendía detener su proceso de extradición y anular las actuaciones judiciales en su contra en Colombia. El fallo, emitido el 24 de abril de 2026, ratifica la validez del trámite internacional y del expediente penal que lo vincula con una presunta organización criminal dedicada al contrabando y al soborno.
Decisión de la Corte Suprema
El alto tribunal concluyó que la tutela no puede sustituir los mecanismos ordinarios de defensa judicial, especialmente porque tanto el proceso penal como el trámite de extradición continúan en curso. La Corte determinó que no existieron irregularidades en la captura internacional ni en el uso de la circular roja de Interpol, como alegaba la defensa de Marín Buitrago.
Argumentos del procesado
Diego Marín Buitrago cuestionaba la legalidad de su captura internacional y señalaba presuntas irregularidades en el procedimiento de extradición solicitado por Colombia ante España y Portugal. Su defensa argumentaba que la orden de captura emitida en marzo de 2024 había perdido vigencia tras ser ejecutada en España, por lo que no podía respaldar una circular roja ni justificar una segunda detención en Portugal. Sin embargo, la Corte consideró que la orden seguía activa porque el proceso penal no había avanzado a la etapa de imputación en ese momento, y la notificación roja internacional conservaba validez jurídica.
Investigación penal
La investigación contra Marín Buitrago se inició luego de que la Fiscalía lo señalara como líder de una organización criminal de alcance nacional dedicada al concierto para delinquir agravado con fines de contrabando y al delito de cohecho por dar u ofrecer. La orden de captura fue emitida el 11 de marzo de 2024 por un juez de control de garantías de Bogotá.
Historial del caso
Tras la orden de captura, Colombia solicitó formalmente la extradición de Marín Buitrago ante España, país donde residía. Fue capturado en Valencia el 5 de abril de 2024, pero quedó en libertad provisional con restricciones migratorias. Posteriormente, las autoridades españolas aprobaron su entrega a Colombia, pero el procesado abandonó España y fue localizado en Oporto, Portugal, donde fue detenido nuevamente con base en la circular roja de Interpol.
Suspensión de la extradición
Actualmente, el trámite de extradición se encuentra suspendido debido a una solicitud de asilo político presentada por Marín Buitrago ante las autoridades portuguesas. No obstante, la Corte precisó que el procedimiento sigue activo y depende de la decisión que adopte Portugal sobre dicha petición.
Garantías procesales
En la tutela, el procesado también alegó vulneración al debido proceso porque la audiencia de imputación y la imposición de medida de aseguramiento se realizaron sin su presencia, pese a que estaba detenido en el extranjero y habría solicitado participar virtualmente. La Corte concluyó que las autoridades judiciales agotaron los mecanismos para garantizar su comparecencia, coordinando con autoridades portuguesas la conexión remota para las audiencias, y que el acusado estuvo acompañado permanentemente por su defensa técnica. Además, recordó que el proceso penal aún no llega a juicio y que existen instancias ordinarias para controvertir decisiones judiciales.
Con esta determinación, la Corte Suprema mantuvo vigentes tanto el proceso penal como el trámite de extradición contra Diego Marín Buitrago, mientras avanzan las decisiones judiciales y administrativas pendientes en Portugal.



