Corte Suprema absuelve al general Edgar Sánchez Morales por caso de sede policial en Cartagena
Corte Suprema absuelve a general Sánchez Morales

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al brigadier general de la Policía Edgar Sánchez Morales, quien para la época de los hechos se desempeñaba como director Administrativo y Financiero de la institución. El fallo lo exoneró de los delitos de peculado culposo, contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros.

Antecedentes del caso

La investigación se originó por un millonario contrato para la construcción y dotación del Comando de la Región No. 8 de la Policía, ubicado en el barrio Manga de Cartagena. Dicho contrato se celebró bajo la modalidad de contratación directa y se firmó bajo el esquema "llave en mano" con el Consorcio Regional Caribe. Además, se investigó el contrato de interventoría suscrito con la Constructora Hefus Ltda.

Cambio en la imputación fiscal

Inicialmente, la Fiscalía imputó al oficial el delito de peculado culposo, argumentando que habría incumplido el deber objetivo de cuidado al no verificar adecuadamente la viabilidad del proyecto durante la etapa de planeación. Según la tesis inicial, esa presunta negligencia habría generado un detrimento patrimonial para el Estado.

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No obstante, durante la audiencia de formulación de acusación, la Fiscalía modificó su postura: pasó de señalar un comportamiento culposo, es decir, sin intención, a atribuirle responsabilidad dolosa por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros.

Análisis de la Corte Suprema

La Sala de Primera Instancia estudió ese cambio de calificación jurídica y analizó si los hechos y delitos por los que finalmente fue llamado a juicio correspondían realmente a los que le fueron planteados durante la imputación. En la sentencia, la Corte explicó que revisó "con mayor rigor" tanto la imputación inicial por peculado culposo como los cargos dolosos que finalmente presentó la Fiscalía.

Tras ese análisis, concluyó que las pruebas no fueron suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia del brigadier general. "Así, la insuficiencia probatoria advertida impone concluir que no se ha desvirtuado la presunción de inocencia que ampara al procesado, configurándose una duda razonable e insalvable que debe resolverse en su favor, conforme a los principios que rigen el derecho penal y el estándar de convicción exigido para proferir una sentencia condenatoria", señaló la Sala.

Para la Corte, el cambio de una imputación por peculado culposo a delitos dolosos obligaba a un examen particularmente estricto sobre la correspondencia entre los hechos investigados y la acusación final. Los hechos se remontan a 2013, cuando la Policía Nacional adelantó el contrato para levantar y dotar la sede del Comando de la Región No. 8 en Cartagena. La Fiscalía sostenía que hubo irregularidades en la planeación y ejecución contractual, así como posibles beneficios indebidos a terceros derivados de esas decisiones administrativas.

Conclusión del tribunal

No obstante, la Sala concluyó que el material probatorio no alcanzó el estándar necesario para emitir una condena penal contra el oficial. Por lo tanto, la Corte Suprema absolvió al general Edgar Sánchez Morales, quien queda libre de toda responsabilidad penal en este caso.

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