El debate sobre la elección popular de magistrados en Colombia se reaviva de cara a 2026
Debate sobre elección popular de magistrados se reaviva en Colombia

El debate sobre la elección popular de magistrados en Colombia se reaviva de cara a 2026

En Colombia, la ciudadanía elige directamente al Presidente y a los miembros del Congreso mediante voto popular. Sin embargo, los magistrados de las altas cortes, como la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, no son seleccionados a través de este mecanismo. En su lugar, llegan a sus cargos por medio de procesos de designación entre instituciones estatales. Con el debate electoral de 2026 acercándose, la discusión sobre si la justicia debe o no incorporarse a un esquema de elección en tarjetón ha vuelto a la palestra, generando intensas reflexiones sobre el diseño del sistema judicial colombiano.

El punto de fondo: separación de funciones y legitimidad judicial

El diseño actual del sistema judicial colombiano se basa en una clara separación de funciones entre los poderes del Estado. El Congreso y la Presidencia gobiernan con base en mayorías políticas y programas partidistas, respondiendo a las demandas populares. En contraste, las altas cortes cumplen una función distinta y crucial: aplicar la Constitución, resolver conflictos entre poderes y proteger los derechos fundamentales, incluso cuando sus decisiones puedan resultar impopulares. En este esquema, la legitimidad de los jueces no se construye a través de campañas electorales, sino por su nombramiento institucional y por el marco de reglas que limita y guía su actuación, asegurando así una mayor estabilidad y neutralidad.

¿Cómo se designan hoy las altas cortes en Colombia?

La integración de las altas cortes varía según la jurisdicción, pero en ningún caso incluye una tarjeta nacional para la elección directa de magistrados por parte de la ciudadanía. La Corte Constitucional se elige en el Senado a partir de ternas presentadas por distintas autoridades del Estado, lo que garantiza un proceso de selección colegiado y deliberativo. Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado se integran mediante elección interna de sus miembros, basada en listas de elegibles elaboradas dentro del sistema de gobierno y administración judicial. Aunque se menciona la figura de jueces de paz como un esquema con componente comunitario, este no define la composición de las altas cortes, manteniendo así una distinción clara entre justicia local y nacional.

¿Por qué no se utiliza el voto popular para elegir magistrados?

La explicación institucional para evitar la elección popular de magistrados se concentra en tres objetivos fundamentales. En primera instancia, se busca garantizar la independencia judicial, evitando que los jueces dependan de partidos políticos, financiadores o estructuras electorales que podrían influir en sus decisiones. Por otro lado, se prioriza la imparcialidad, reduciendo los incentivos para que los magistrados ajusten sus fallos a la lógica de campaña o a la popularidad momentánea. Finalmente, se enfatiza la idoneidad, asegurando que los magistrados cuenten con trayectorias y requisitos profesionales definidos por reglas de acceso y evaluación rigurosas, en lugar de basarse en criterios de popularidad o conexiones políticas.

¿Qué está en juego si se adopta el tarjetón para elegir magistrados?

Un sistema de elección popular para magistrados introduciría reglas de competencia electoral, como financiación de campañas, publicidad, organización territorial y alianzas políticas. Esto modificaría significativamente los incentivos de los jueces y obligaría a regular asuntos complejos, como topes de gasto, vigilancia electoral, conflictos de interés y regímenes de inhabilidades. En términos prácticos, el cambio no sería solo en el mecanismo de elección, sino en la relación misma entre el juez y los actores que participan en campañas, lo que podría comprometer la neutralidad y eficacia del sistema judicial. Este debate, por tanto, no es meramente técnico, sino que toca la esencia de cómo se concibe la justicia en una democracia.