Hijos de crianza pueden iniciar trámite de reconocimiento y reclamar herencia, según Corte
Hijos de crianza pueden iniciar trámite de reconocimiento y herencia

Hijos de crianza pueden iniciar directamente trámite de reconocimiento familiar

La Corte Constitucional de Colombia ha ratificado una decisión trascendental que modifica sustancialmente la manera en que la ley entiende las relaciones familiares en el país. Según el fallo, los hijos de crianza ahora pueden solicitar judicialmente su reconocimiento, un trámite que anteriormente solo podía iniciarse por parte de los padres de crianza.

Cambio fundamental en el procedimiento legal

La declaración de hijo de crianza puede ser solicitada judicialmente no solo por el progenitor —como inicialmente lo contemplaba la propuesta del legislador—, sino también por el propio hijo o hija de crianza, mediante el procedimiento de jurisdicción voluntaria previsto en la ley. Este cambio representa un avance significativo en el reconocimiento de los derechos de quienes han sido criados en entornos familiares no biológicos.

El proceso de jurisdicción voluntaria no es, por definición, un proceso contencioso. Se trata de un trámite que, como lo indica la propia ley, parte del supuesto de la voluntariedad de las partes, quienes acuden a él sin que exista controversia. No obstante, si esa voluntariedad desaparece y surge un conflicto, el trámite debe transformarse en un proceso contencioso, sujeto a otras reglas procesales.

Mecanismo establecido por la Corte

Lo importante que ha señalado la Corte Constitucional es que el hijo de crianza puede iniciar el trámite de jurisdicción voluntaria. A través de este, citará a los padres de crianza para que, de manera voluntaria y con las pruebas correspondientes, reconozcan su condición como progenitores de crianza. En principio, lo que deja claro esta sentencia de la Corte Constitucional es que el procedimiento adecuado para ello es el de jurisdicción voluntaria.

Consecuencias prácticas en derechos patrimoniales

La decisión es clara en cuanto a que desarrolla y aplica la ley de crianza, la cual contempla consecuencias tanto de carácter personal como patrimonial. Esta norma establece un listado de derechos que pueden ejercer quienes sean reconocidos como hijos de crianza.

Actualmente existen derechos claramente reconocidos en materia de seguridad social y de alimentos. Además, la ley incluye expresamente los derechos hereditarios —de naturaleza patrimonial— en su artículo séptimo. Por eso es tan relevante la declaración de hijo de crianza: constituye el título jurídico que habilita a la persona para reclamar alimentos y, en caso de fallecimiento del padre o madre de crianza, para que se abra la sucesión y pueda ejercer los correspondientes derechos hereditarios.

Antecedentes legales y derechos establecidos

Incluso antes de esta regulación, la Ley 2229 de 2022 ya permitía, por ejemplo, las visitas al padre o madre que no tuviera el cuidado personal del menor, sin que ello implicara su prohibición. Es decir, las visitas pueden ser ejercidas tanto por la familia biológica como por la familia de crianza.

La experta Yadira Alarcón, directora de la Especialización en Derecho de Familia de la Universidad Javeriana, explica que "esta decisión judicial marca un hito en el reconocimiento de las diversas formas de familia que existen en Colombia". Según Alarcón, el fallo responde a la realidad social del país, donde muchas personas han sido criadas en entornos familiares que no coinciden con sus vínculos biológicos.

Procedimiento sin necesidad de tutela

Un aspecto importante que aclara la decisión es que no hace falta una tutela porque hay un trámite establecido y solamente procede cuando no hay trámite disponible. Esto simplifica el proceso para quienes buscan el reconocimiento legal de su condición de hijos de crianza.

La sentencia de la Corte Constitucional representa un avance significativo en la protección de los derechos de las personas que han sido criadas en familias diferentes a las biológicas, reconociendo la realidad social colombiana y fortaleciendo la seguridad jurídica de estas relaciones familiares.