JEP llama a reconocer responsabilidad a ocho militares por crímenes contra pueblos étnicos en Nariño
JEP llama a ocho militares por crímenes contra pueblos étnicos en Nariño

La JEP responsabiliza a ocho militares por crímenes contra comunidades étnicas en Nariño

La Sala de Reconocimiento de Verdad de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha emitido un llamado histórico a ocho comparecientes del Ejército Nacional para que reconozcan su responsabilidad en crímenes que afectaron profundamente a los pueblos indígenas Awá y Eperara Siapidaara, comunidades afrocolombianas y poblaciones campesinas en el departamento de Nariño. Los hechos documentados ocurrieron entre los años 2001 y 2012 en los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas, regiones marcadas por décadas de conflicto armado.

Los militares imputados y sus unidades

De los ocho comparecientes, siete pertenecieron al Grupo de Caballería Mecanizado Número 3 “General José María Cabal”, mientras que el octavo integró el Batallón de Contraguerrilla Número 93 “Ramiro Rueda Mendoza”. La lista incluye a altos mandos y oficiales operativos:

  • Luis Felipe Montoya Sánchez: excomandante del Grupo Cabal.
  • José David Vásquez Acevedo: exjefe de la Sección de Operaciones.
  • Juan Carlos Dueñas Mejía: excomandante de escuadrón.
  • Carlos Alfredo Castro Pinzón: capitán que ocupó cargos de jefe de operaciones y segundo comandante.
  • Carlos Alberto Gutiérrez González: exjefe de inteligencia del Grupo Cabal.
  • José Gregorio Betancourt Rodríguez: coordinador de la red de inteligencia.
  • Alexander Guerrero Castellanos: excomandante de pelotón y coordinador de cooperantes.
  • Adolfo Díaz Masmela: excomandante de compañía del Batallón 93.

Los tres patrones criminales identificados

La JEP ha documentado minuciosamente tres patrones macrocriminales que configuraron crímenes de lesa humanidad y de guerra, incluyendo asesinato, desaparición forzada, exterminio, traslado forzoso, tortura y persecución.

Primer patrón: Estigmatización y violencia selectiva
Este patrón buscó deliberadamente debilitar los procesos organizativos étnicos y no étnicos mediante la estigmatización de líderes sociales, autoridades tradicionales y comunidades enteras, señalándolas como “guerrilleros, auxiliadores o colaboradores” de grupos armados ilegales. Esta narrativa justificó homicidios selectivos, detenciones arbitrarias, torturas físicas y psicológicas, así como amenazas e intimidaciones sistemáticas, cometidas directamente por integrantes de la fuerza pública.

Segundo patrón: Asesinatos presentados como bajas en combate
La JEP determinó que miembros de pueblos étnicos y comunidades campesinas fueron asesinados y luego presentados ilegítimamente como bajas en combate, con el claro objetivo de simular resultados operacionales y obtener beneficios institucionales. Estas ejecuciones se dirigieron especialmente contra autoridades tradicionales, liderazgos sociales, etnoeducadores, exgobernadores indígenas y presidentes de juntas de acción comunal, buscando desarticular las estructuras comunitarias.

Tercer patrón: Política militar de control territorial
En Tumaco, Ricaurte y Barbacoas se implementó una política militar que trató el territorio como un recurso estratégico para operaciones contrainsurgentes y erradicación de cultivos de uso ilícito, violando masivamente los derechos territoriales de pueblos negros afrocolombianos, indígenas y campesinos. Este patrón se consolidó mediante desplazamientos forzados, confinamientos y restricciones a la movilidad, afectando gravemente la existencia física, espiritual y cultural de estas comunidades.

El camino que enfrentan los comparecientes

Los ocho exuniformados ahora enfrentan una decisión crucial: aceptar su responsabilidad y reconocerla públicamente ante las víctimas, lo que podría llevar a sanciones propias de la justicia transicional, o negar los cargos, en cuyo caso serán investigados por la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP y podrían enfrentar un juicio adversarial con consecuencias penales más severas.

Este caso, identificado como Caso 02 dentro de la JEP, representa un avance significativo en el esclarecimiento de la verdad sobre el conflicto armado en el Pacífico nariñense, una región históricamente afectada por múltiples formas de violencia. La decisión de la Sala de Reconocimiento de Verdad subraya el compromiso de la justicia transicional con las comunidades más vulnerabilizadas por el conflicto, buscando no solo establecer responsabilidades individuales, sino también visibilizar los patrones sistemáticos de violencia que marcaron décadas de confrontación.