JEP inicia proceso contra general (r) por presuntos falsos positivos en Santander
JEP procesa a general (r) por falsos positivos en Santander

La JEP inicia proceso de sometimiento contra general retirado por casos de falsos positivos en Santander

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha iniciado de oficio el trámite de sometimiento del general (r) Luis Emilio Cardozo Santamaría, luego de que fuera mencionado en investigaciones por presuntos casos de falsos positivos ocurridos en el departamento de Santander. Este procedimiento marca un paso significativo en la búsqueda de justicia para las víctimas de estos graves hechos.

Los hechos investigados

Según la información recopilada por la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP, el excomandante del Ejército Nacional estaría vinculado a seis eventos ocurridos en el año 2007. En estos lamentables sucesos, nueve personas fueron asesinadas y presentadas ilegítimamente como bajas en combate, mientras que dos individuos lograron sobrevivir a los ataques.

En el momento de los hechos, Cardozo Santamaría ostentaba el grado de teniente coronel y ejercía como comandante del Batallón de Ingenieros No. 5 'Coronel Francisco José de Caldas'. Este cargo lo desempeñó durante un período comprendido entre octubre de 2006 y febrero de 2008, tiempo durante el cual se habrían cometido los crímenes que ahora son objeto de investigación.

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Fundamentos jurídicos del proceso

El proceso se sustenta en dos importantes decisiones judiciales:

  • Sentencia SU-063 de 2025: Esta norma permite a la JEP convocar no solo a quienes solicitan someterse voluntariamente a su jurisdicción, sino también a comparecientes forzosos. Esto incluye a antiguos integrantes de la Fuerza Pública que habrían participado en crímenes durante el conflicto armado.
  • Sentencia TP-SA RPP 531 de 2025: Esta decisión ratifica la competencia de la JEP para resolver la situación jurídica de quienes habrían cometido delitos en el marco del conflicto armado colombiano.

Los señalamientos contra el oficial retirado surgieron durante audiencias de aporte a la verdad realizadas con exintegrantes del batallón que comandaba. Además, se tomaron en cuenta las declaraciones presentadas en la Audiencia de Observaciones de Víctimas del Caso 03, relacionada específicamente con asesinatos y desapariciones forzadas presentadas falsamente como bajas en combate.

Implicaciones del trámite iniciado

La JEP ha sido enfática en aclarar que el inicio de este trámite no significa que el general (r) haya sido aceptado en la jurisdicción especial, ni que vaya a recibir beneficios jurídicos de inmediato. Se trata más bien de una etapa preliminar de evaluación para determinar si cumple con los requisitos establecidos por el sistema de justicia transicional.

Como parte del proceso, la Sala ha requerido a Cardozo Santamaría que:

  1. Suscriba el acta de sometimiento a la jurisdicción de la JEP
  2. Entregue información detallada sobre su posible participación en los hechos investigados

Además, la JEP ha ordenado la práctica de pruebas documentales y testimoniales que permitan esclarecer los hechos. El avance del caso dependerá fundamentalmente de tres factores clave:

  • El aporte efectivo a la verdad por parte del investigado
  • La contribución a la reparación integral de las víctimas
  • Las garantías concretas de no repetición de los hechos

La JEP ha advertido que, si no se logra la comparecencia del general retirado o si no cumple con los requisitos establecidos, el expediente completo podría ser remitido a la justicia ordinaria para su procesamiento conforme a la legislación penal común.

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