Jueza niega principio de oportunidad a Carlos Mattos por salidas de La Picota
Jueza niega beneficio judicial a Carlos Mattos por salidas de La Picota

Jueza bloquea beneficio judicial para Carlos Mattos por salidas irregulares de La Picota

El empresario Carlos Mattos, condenado por sobornar al sistema judicial, no consiguió el principio de oportunidad que negociaba con la Fiscalía General por las salidas irregulares que protagonizó en 2022 desde la cárcel La Picota. La jueza 42 de Control de Garantías de Bogotá se opuso firmemente a la negociación, señalando deficiencias argumentativas por parte del ente acusador.

Fallo judicial detalla las falencias de la Fiscalía

En su decisión, la magistrada destacó que la fiscal del caso no logró argumentar por qué Mattos merecía beneficiarse con la causal número tres de principios de oportunidad, que se refiere específicamente a la reparación integral de un daño colectivo. "Estima este juzgado que la afectación que se pudo presentar en este punto efectivamente tiene que ver con bienes colectivos. Sin embargo, la causal lleva un requerimiento de que haya una afectación mínima a esos bienes colectivos, y respecto a ese punto no escuchamos de la fiscal algo", manifestó la jueza durante la audiencia.

La magistrada fue más allá al resaltar que la Fiscalía tuvo que presentar evidencias concretas sobre la conducta punible cometida por el polémico empresario. "La señora fiscal hace mención de un traslado, pero como tal no se surtió en la audiencia. No se explicó por qué de esos medios de conocimiento que se nos trasladaron, el señor Mattos puede ser el determinador de prevaricato por omisión y peculado por uso. Se trata de una falencia argumentativa por parte de la Fiscalía", culminó su argumentación.

El acuerdo fallido y sus implicaciones

El principio de oportunidad que Mattos buscaba lo hubiera librado de pagar cárcel por los delitos de peculado por uso y prevaricato por omisión. El trato negociado incluía que el empresario entregara dos camionetas al Inpec y a la Fiscalía como forma de reparación. Este beneficio judicial habría significado inmunidad frente a los cargos por las salidas que realizó mientras estaba preso en La Picota, cuando acudió a su oficina en Bogotá acompañado por guardias del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario.

Reacciones de expertos jurídicos

EL TIEMPO consultó a varios abogados sobre las implicaciones de esta decisión judicial. El penalista Juan Felipe Criollo expresó su desacuerdo con el fallo: "Me parece muy mal que hayan negado el principio de oportunidad porque la Ley 2477 de 2025 y las dos últimas resoluciones de la Fiscalía, lo que impulsan es que casi todos estos procesos se vayan por vía de principio de oportunidad para evitar la congestión judicial, y porque esa es una forma efectiva de justicia".

Por su parte, el abogado Mateo Coronado explicó los posibles caminos procesales: "Por regla general, una decisión como esta se puede reponer o apelar. Sin embargo, en el caso concreto ninguno de los sujetos procesales interpuso recursos". El experto añadió que lo que sigue ahora es que "la Fiscalía puede volver a presentar la solicitud de principio de oportunidad con nueva evidencia que acredite la causal invocada o puede llamar a juicio al procesado".

Futuro del caso y posibles escenarios

Criollo también señaló que la Fiscalía podría volver a plantear el principio de oportunidad en el futuro. "No hay un límite de veces para plantearlo, podrían cambiar las condiciones y volver a solicitarlo. Pero si la Fiscalía decide que no, podría imputarlo en igual sentido. Será un tema que tendrá que revisar la fiscal", concluyó el penalista.

El caso de Carlos Mattos continúa generando controversia en el ámbito judicial colombiano, especialmente por tratarse de un empresario condenado por corromper el sistema de justicia que ahora busca beneficios por nuevas conductas irregulares durante su reclusión. La negativa de la jueza marca un precedente importante en la aplicación de los principios de oportunidad, exigiendo argumentación sólida y evidencias concretas antes de otorgar cualquier beneficio judicial.