Juez ordena liberación de escolta capturado con 145 millones de pesos y material electoral
En un fallo que ha generado reacciones en el ámbito judicial, un juez de control de garantías decidió dejar en libertad a Luis Alfredo Acuña Vega, escolta de la Unidad Nacional de Protección (UNP) asignado al esquema de seguridad del secretario general de la Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture. La decisión judicial se produjo después de que el funcionario fuera capturado este martes 3 de marzo de 2026 en las cercanías de Hatonuevo, departamento de La Guajira, mientras transportaba una considerable suma de dinero en efectivo y material de propaganda política.
Falta de pruebas sobre origen ilícito del dinero
Según explicó Iván Cancino, abogado defensor de Acuña Vega, el magistrado determinó que no existían pruebas suficientes para vincular los 145 millones de pesos con actividades ilícitas, específicamente con la presunta compra de votos. "La decisión del juez se fundamenta en la ausencia de elementos probatorios que demuestren que el dinero tenía un origen ilícito o que estuviera destinado a financiar prácticas electorales prohibidas", afirmó el jurista en declaraciones a medios de comunicación.
Como consecuencia de esta determinación, las autoridades procedieron a devolver el dinero en efectivo a Acuña Vega, luego de declarar ilegal su captura. "Acaba de terminar la audiencia y se decreta ilegal la captura y devolver el dinero. La presunción de inocencia y el debido proceso no es algo ligero", publicó Cancino en su cuenta de la red social X (antiguo Twitter).
Defensa centrada en violación de garantías procesales
Durante la audiencia judicial, la estrategia de la defensa se concentró en señalar supuestas irregularidades en el procedimiento policial. Cancino argumentó ante el juez que su cliente fue privado de la libertad durante casi treinta y tres horas sin ser presentado ante un magistrado, lo que constituiría una violación a sus garantías procesales fundamentales.
"Mi defensa fue clara: se violaron las garantías de mi cliente al capturarlo y mantenerlo casi treinta y tres horas privado de la libertad sin presentarlo ante un juez", detalló el abogado en una entrevista radial. Además, enfatizó que "ni tener publicidad política pedagógica ni portar dinero en efectivo es delito en Colombia", cuestionando así la base legal de la captura.
Irregularidades en el procedimiento policial
El destacado penalista también señaló otras anomalías durante el operativo. Según su versión, un conductor de grúa que realizaba labores de remolque fue detenido junto con Acuña Vega bajo la figura de flagrancia por omisión de declaración de bienes, un delito que requiere un sujeto activo calificado que, según Cancino, no cumplían ninguno de los dos detenidos.
"Lo capturaron, supuestamente en flagrancia, por omisión de declaración de bienes, un delito que exige un sujeto activo calificado, condición que no cumplen ni el señor Acuña Vega ni el conductor de la grúa", explicó el abogado. Y agregó: "Mi cliente es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Ni siquiera lo imputaron. Ese detalle es importante".
Derecho al silencio ejercido por el detenido
Durante todo el proceso, Luis Alfredo Acuña Vega ejerció su derecho constitucional a guardar silencio y no rindió versión alguna ante las autoridades sobre los hechos que se le imputaban. Esta decisión, según expertos legales, es una prerrogativa fundamental dentro del sistema acusatorio colombiano que busca proteger a los ciudadanos frente a posibles autoincriminaciones.
El caso ha puesto en evidencia las complejidades jurídicas que rodean los operativos contra presuntas prácticas de compra de votos, especialmente en contextos electorales donde la circulación de dinero en efectivo y material propagandístico es frecuente. La liberación del escolta y la devolución del dinero marcan un precedente sobre los límites probatorios que deben cumplir las autoridades para sustentar este tipo de capturas.
