Jurista: El derecho no puede ignorar el impacto ambiental de combustibles fósiles
Jurista: el derecho no puede ignorar el impacto ambiental de fósiles

En Santa Marta, uno de los mayores puertos exportadores de carbón de Colombia, el debate sobre la transición más allá de los combustibles fósiles entra en un terreno incómodo: el de las obligaciones legales. En la Primera Conferencia para la Transición más allá de los Combustibles Fósiles, que se realiza entre el 24 y el 29 de abril, la abogada Katherine Bustamante González advierte que el problema ya no es la falta de acuerdos o diagnósticos, sino la incapacidad del derecho para dejar de ser un espectador y convertirse en un motor real de cambio frente a la crisis climática.

El derecho como agente de cambio

Bustamante es especialista en derecho minero energético y coordinadora de la especialización en derecho ambiental y desarrollo de la Corporación Universitaria Unisabaneta. En entrevista con EL TIEMPO, sostiene que uno de los principales desafíos que deja este tipo de encuentros internacionales —frecuentemente cuestionados por su falta de carácter vinculante— es lograr que las discusiones se traduzcan en acciones concretas dentro de los sistemas jurídicos nacionales. En el caso de Colombia, el reto es doble: pasar del discurso a la implementación y convertir los principios ambientales en obligaciones exigibles.

“El derecho tiene que dejar de ser un espectador para volverse un agente real de cambio”, afirma Bustamante. Ese cambio debe darse en dos niveles: primero, garantizando de manera efectiva el derecho fundamental a un medio ambiente sano; y segundo, incorporando criterios como la progresividad en las decisiones relacionadas con la explotación de recursos naturales.

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Marco normativo existente pero insuficiente

En su visión, el país no parte de cero. La Constitución de 1991, junto con una serie de compromisos internacionales, ya establece una base sólida para la protección ambiental. Sin embargo, el problema radica en que ese marco normativo no se ha traducido en acciones concretas ni en políticas suficientemente robustas frente a la crisis climática.

Para la abogada, la transición energética no puede seguir siendo una opción política sujeta a la voluntad de los gobiernos de turno. “No es un asunto de si queremos o no. Es un criterio de obligatoriedad”, insiste. En ese sentido, plantea que la descarbonización debe convertirse en un eje orientador del derecho.

No obstante, reconoce que este proceso no puede darse de manera abrupta. La transición debe ser progresiva, pero con metas claras y mecanismos verificables. Aquí es donde el derecho tiene un papel clave, no solo en la regulación, sino también en la fiscalización y en la creación de instrumentos que permitan medir avances reales.

Instrumentos para la transición

Entre esos instrumentos menciona la necesidad de fortalecer la compra pública verde, así como de desarrollar mecanismos que demuestren que la transición energética puede generar beneficios económicos. “Si técnica y financieramente se demuestra que hay nuevos réditos, ya hay un primer avance”, señala.

Uno de los puntos más sensibles del debate está en los territorios. Colombia no es homogénea, y las decisiones que se tomen en escenarios internacionales deben adaptarse a las realidades locales. Regiones con fuerte dependencia de la minería o el petróleo, como el nordeste antioqueño o municipios como Puerto Wilches, enfrentan un dilema complejo: cómo avanzar hacia la transición sin dejar a miles de personas sin sustento.

Por eso, Bustamante insiste en que cualquier política de transición debe incluir planes de reconversión laboral pertinentes. “No se puede llegar a decir ‘ya no más minería’ o ‘ya no más petróleo’ sin ofrecer alternativas reales”, explica. Esto implica considerar las características de cada población, desde adultos mayores hasta jóvenes, y diseñar estrategias que les permitan integrarse a nuevas dinámicas económicas.

La actitud evasiva del derecho

En ese contexto, la jurista también cuestiona lo que denomina una actitud evasiva del derecho frente a la crisis climática. “El derecho no se puede seguir haciendo el loco”, dice, al referirse a la falta de aplicación efectiva de las normas existentes.

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Según explica, Colombia ya cuenta con una amplia malla regulatoria en materia ambiental, pero su implementación se ha quedado rezagada frente a los nuevos desafíos. La legislación sigue anclada en marcos como la Ley 99 de 1993, sin adaptarse plenamente a las dinámicas actuales del cambio climático y la degradación ambiental.

Esto tiene implicaciones profundas. Para Bustamante, la protección del medio ambiente no es solo un asunto ecológico, sino una condición esencial para la existencia misma del Estado. “Si no hay un medio ambiente sano, no tiene sentido hablar de un Estado social de derecho”, advierte.

Además, subraya que los problemas ambientales trascienden lo ecológico: impactan lo económico, lo social, lo político y lo cultural. Por ello, considera que la transición energética debe abordarse como un fenómeno integral.

Obligación legal de avanzar

En cuanto al alcance del derecho, la experta es clara: sí existe una obligación legal de avanzar hacia la eliminación de los combustibles fósiles. No se trata únicamente de una aspiración ambiental, sino de un mandato derivado del marco constitucional y de los compromisos internacionales asumidos por el país.

El problema está en el paso de lo “consultivo” a lo “vinculante”. Para lograrlo, propone avanzar hacia una actualización de la normativa ambiental que incluya criterios técnicos más rigurosos y mecanismos de sanción efectivos.

“El que contamina paga no puede seguir siendo solo un principio en el papel”, afirma. A su juicio, es necesario establecer límites claros y consecuencias concretas para quienes incumplan las normas ambientales, basadas en evidencia técnica y científica.

Frentes clave: compras públicas verdes y acción de tutela

Finalmente, Bustamante plantea dos frentes adicionales que considera clave. El primero es el fortalecimiento de las compras públicas verdes, como herramienta para incentivar prácticas sostenibles desde el Estado. El segundo, el uso de mecanismos judiciales como la acción de tutela para consolidar el cambio climático como un derecho fundamental.

También advierte sobre un vacío importante en el país: la falta de una definición clara y exigible de la responsabilidad por daño ambiental. Aunque existen avances teóricos y académicos, aún no hay un desarrollo sólido que permita exigir reparaciones de manera efectiva en los tribunales.

Mientras la conferencia avanza en Santa Marta, su mensaje es contundente: el derecho ya tiene las herramientas, pero le falta decisión para aplicarlas. Sin ese paso, cualquier esfuerzo internacional corre el riesgo de quedarse, una vez más, en declaraciones sin impacto real.