Gobierno de Petro activa poderes extraordinarios sobre tierras rurales para emergencias
El presidente Gustavo Petro ha puesto en marcha un mecanismo de expropiaciones exprés mediante el Decreto 0174 de 2026, otorgando a la Agencia Nacional de Tierras (ANT) facultades ampliadas para intervenir en situaciones de desastre o calamidad pública. Esta norma busca agilizar la reubicación temporal o definitiva de unidades de producción agropecuaria y activos rurales en zonas gravemente impactadas por emergencias socioambientales.
Facultades de la ANT en casos de emergencia
La ANT podrá usar, ocupar temporalmente, imponer servidumbres, comprar o incluso expropiar predios cuando sea necesario para proteger a poblaciones afectadas. Estas acciones se aplicarán incluso sobre bienes del Estado o de fondos como el Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (Frisco), el Fondo de Reparación de las Víctimas y el Fondo de Restitución de Tierras, sin considerar la situación administrativa, fiscal o jurídica del inmueble.
En operativos de recuperación, si se encuentran semovientes como vacas y el propietario no los retira en el plazo establecido, la ANT podrá trasladarlos al depósito municipal de animales (Coso). En municipios sin esta infraestructura, los animales podrán ser declarados en abandono, permitiendo al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) tomar medidas urgentes para su movilización y disposición, siempre garantizando su protección bajo la Ley 1774 de 2016.
Saneamiento automático y apoyo policial prioritario
El decreto establece que, cuando el Estado compre un predio por utilidad pública o interés social, el inmueble quedará automáticamente "saneado", es decir, libre de cargas como errores en la titulación, limitaciones, deudas, embargos u otras medidas que impidan su uso pleno. Esto aplica incluso si estos problemas surgen después de la compra. Sin embargo, las personas afectadas podrán reclamar indemnizaciones contra los anteriores titulares, no contra la entidad pública adquiriente.
Además, la ANT tendrá autoridad para recuperar físicamente predios bajo su administración, incluyendo bienes de uso público, comunales, reservas del Estado, bienes fiscales y baldíos de la Nación. Las autoridades de policía de todos los niveles deberán prestar apoyo prioritario y sin demoras cuando la ANT lo solicite para asegurar el control de bienes que ingresen al Fondo Nacional de Tierras, con un plazo máximo de respuesta de cinco días calendario desde la solicitud.
Este marco legal representa un cambio significativo en la gestión de tierras durante emergencias, priorizando la protección de comunidades vulnerables y la eficiencia en la respuesta estatal ante crisis socioambientales.



