Fallo histórico obliga a multinacional carbonera a compensar a familias despojadas durante el conflicto armado
En una decisión judicial de amplias repercusiones, la Sala de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cartagena ha ordenado a la empresa Drummond, principal exportadora de carbón de Colombia, entregar tierras reclamadas por víctimas del conflicto armado en el departamento del Cesar. El fallo establece que la multinacional no cumplió con el deber de debida diligencia al adquirir los predios sin investigar su pasado marcado por la violencia paramilitar.
Un crimen que desencadenó el desplazamiento forzado
El caso se remonta a junio de 1999, cuando paramilitares de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), bajo órdenes de Jhon Jairo Esquivel, alias El Tigre, fusilaron a Darío Antonio Valencia Silvera en la vereda Los Manguitos del municipio de Agustín Codazzi. Este crimen, perpetrado en medio de la expansión paramilitar en la región, obligó a la familia Valencia Silvera a abandonar su finca No hay como Dios ante las constantes amenazas y el clima de terror impuesto por los grupos armados.
Un cuarto de siglo después, la justicia ha reconocido su derecho a la restitución, aunque las condiciones actuales de los terrenos imposibilitan el retorno material de las víctimas.
Adquisiciones cuestionadas y falta de investigación
Drummond adquirió la finca No hay como Dios y otros catorce predios en la región alrededor de 2010, mediante negocios jurídicos que la sentencia califica como "despojo por negocio jurídico". Estos terrenos fueron utilizados como botadero para los sobrantes de los megaproyectos carboneros La Loma y El Descanso.
El tribunal determinó que, aunque la empresa no fue directamente responsable del despojo inicial, debía haber investigado exhaustivamente la tradición de los predios antes de su adquisición. "Si la empresa hubiera advertido la situación padecida por los solicitantes, le correspondía abstenerse de efectuar la correspondiente adquisición", señaló la sentencia.
La defensa de Drummond y su compromiso de acatar el fallo
La multinacional se opuso al proceso de restitución, argumentando que su presencia en el área responde a la ejecución de un contrato de concesión minera declarado Proyecto de Interés Nacional y Estratégico. Drummond sostuvo que cumplió con todos los requisitos de debida diligencia vigentes en la época, incluyendo estudio de títulos con revisión histórica de al menos 20 años, levantamiento topográfico y avalúo comercial.
En declaraciones a medios de comunicación, la empresa afirmó: "Drummond considera que cumplió con la debida diligencia en la compra del predio y demostró haber actuado con buena fe exenta de culpa, razón por la cual no comparte la decisión del tribunal. Sin embargo, cumplirá, como siempre lo ha hecho, con el dictamen judicial".
Compensaciones en lugar de restitución material
La Sala de Restitución determinó que los quince territorios ya no cuentan con condiciones ambientales, sanitarias y productivas que permitan el retorno seguro de las familias. Al ser utilizados como botadero del proyecto minero, su restitución material pondría en riesgo la salud de los reclamantes.
Por esta razón, el tribunal ordenó compensaciones alternativas que incluyen:
- Entrega de fincas en otros sectores del país
- Desembolso de dinero equivalente al valor de cada bien
- Atención prioritaria en salud, vivienda y desarrollo de proyectos productivos
Además, se decretó la nulidad de los negocios jurídicos que permitieron a Drummond adquirir las fincas, aunque la sentencia no aclara el futuro del proyecto minero en los predios afectados.
Contexto judicial ampliado
Este fallo se produce en un contexto judicial complejo para Drummond, cuyos expresidentes José Miguel Linares Martínez y Augusto Jiménez Mejía están llamados a juicio por presunta promoción y financiación a las AUC en el Cesar. Paralelamente, la empresa acaba de ganar en Estados Unidos un proceso por difamación contra el abogado Terrence Collingsworth, a quien un jurado encontró culpable de pagar a exparamilitares para que testificaran en una demanda millonaria contra la carbonera.
La decisión de la Sala de Restitución de Tierras marca un precedente significativo en los procesos de reparación a víctimas del conflicto armado, especialmente cuando intervienen actores económicos de gran envergadura que operan en territorios afectados por la violencia.



