Gobierno prepara decreto para redefinir el futuro del Hospital San Juan de Dios en Bogotá
Decreto ajusta plan de manejo del Hospital San Juan de Dios

Gobierno nacional avanza con decreto para transformar el Hospital San Juan de Dios

El Gobierno nacional ha preparado un borrador de decreto que modifica varios artículos del Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Hospital San Juan de Dios, un instrumento crucial que define la hoja de ruta para la recuperación integral de este emblemático complejo hospitalario en Bogotá. Esta iniciativa, que cuenta con el respaldo unánime del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, busca redefinir aspectos urbanos y operativos sin alterar su condición de bien de interés cultural nacional.

Detalles del plan de recuperación

El documento, elaborado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y Los Saberes, plantea ajustes puntuales destinados a flexibilizar el diseño urbano, actualizar normas de movilidad y ampliar los usos del subsuelo. Estas modificaciones tienen como objetivo principal facilitar la reapertura del hospital, que operará como Centro de Innovación y Pensamiento para el Envejecimiento y la Vejez, manteniendo intacto su valor patrimonial.

El borrador surge tras la firma del convenio interadministrativo entre la Nación, la Gobernación de Cundinamarca y el Distrito de Bogotá, acuerdo mediante el cual el Estado comprometerá vigencias futuras durante 10 años por 1,6 billones de pesos. Estos recursos estarán destinados a:

  • La recuperación de los 24 edificios que conforman el complejo, de los cuales 13 ya están en obra
  • La restauración de las edificaciones históricas
  • El desarrollo de intervenciones de urbanismo y espacio público
  • La puesta en funcionamiento de un hospital de alta complejidad

Modificaciones específicas al PEMP

El decreto propone ajustes formales a la Resolución 0995 del 29 de abril de 2016, que aprobó originalmente el PEMP, específicamente en sus artículos 14, 15, 16, 18 y 19. Estas modificaciones responden a necesidades técnicas identificadas durante el proceso de planificación:

Artículo 14 (Propuesta urbana y áreas libres):

  • Ampliación del concepto de zonas verdes para incluir recursos paisajísticos sostenibles
  • Permiso para sembrar árboles de bajo y mediano porte en la franja del parque lineal
  • Flexibilización de materiales de las vías, que ya no serían exclusivamente en adoquín
  • Incorporación de accesos secundarios para el Ancianato, Dermatológico, IMI y Instituto Nacional de Cancerología
  • Ampliación de predios sobre la calle 1C para facilitar el ingreso de ambulancias

Artículo 15 (Movilidad):

  • Los bolardos retráctiles dejarían de ser la única opción obligatoria para separar circulaciones
  • Se permitirían alternativas como bordillos, separadores de carril y topellantas
  • Prohibición de barreras continuas que fragmenten el espacio

Artículo 16 (Movilidad peatonal):

  • Aclaración de que el plan regulador de Pablo de la Cruz no se limita a 1921
  • Permiso para nuevas pérgolas funcionales diferenciadas de las históricas
  • Incorporación de tres tipos de circulación en ámbito cerrado

Artículo 18 (Movilidad vehicular):

  • Precisión de excepciones para el ingreso de vehículos particulares que transporten pacientes
  • Permiso para acceso de taxis con personas con movilidad reducida
  • Afectación de dos predios para el ingreso de ambulancias
  • Prohibición de carriles compartidos entre vehículos y medios no motorizados

Artículo 19 (Subsuelo):

  • Ampliación del alcance del subsuelo, que ya no se destinaría exclusivamente a parqueaderos
  • Posibilidad de albergar servicios generales, apoyo asistencial, infraestructura técnica y cuartos técnicos
  • Incorporación de conexiones verticales en coherencia con la operación hospitalaria

Contexto y respaldo institucional

El proceso de modificación se desarrolla tras varias reuniones entre el Gobierno nacional y la Alcaldía de Bogotá sobre el uso e intervención del complejo, así como decisiones judiciales recientes. Entre estas últimas destaca una orden del Juzgado 12 Administrativo de Bogotá que facilitó el acceso del Gobierno nacional al lugar para adelantar estudios técnicos indispensables.

El documento de 17 páginas señala que el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural emitió concepto favorable por unanimidad a estas modificaciones, confirmando que se cumplen todos los presupuestos necesarios para su aprobación formal. La solicitud de modificación fue presentada por el secretario Distrital de Salud, Gerson Bermont, en su calidad de responsable del sector y administrador del hospital.

"La iniciativa presentada plantea la modificación de la Resolución 0995 del 29 de abril de 2016, limitándose a los artículos 14, 15, 16, 18 y 19 del PEMP, sin alterar los objetivos ni las estrategias estructurales del instrumento", señaló Bermont en el borrador. "Busca ajustar disposiciones normativas técnicas necesarias para garantizar la adecuada implementación del PEMP, en armonía con los procesos de conservación, gestión y sostenibilidad del conjunto hospitalario".

Este decreto representa un paso fundamental en el ambicioso proyecto de recuperación del Hospital San Juan de Dios, combinando la preservación del patrimonio cultural con las necesidades contemporáneas de infraestructura hospitalaria y urbanística en la capital del país.