Colombia excluye más de 100 servicios de salud: nuevos medicamentos y tratamientos no cubiertos
Colombia excluye más de 100 servicios de salud: nuevos medicamentos y tratamientos no cubiertos

El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia emitió la Resolución 000695 del 16 de abril de 2026, mediante la cual se actualiza el listado de servicios y tecnologías en salud que no serán financiados con recursos públicos (UPC). Esta medida se enmarca en la Ley Estatutaria de Salud (Ley 1751 de 2015), que busca garantizar la sostenibilidad del sistema excluyendo procedimientos experimentales, cosméticos o sin efectividad clínica comprobada.

Proceso de actualización y transparencia

La decisión se fundamenta en análisis del Instituto de Evaluación Tecnológica en Salud (IETS) y la participación de 475 representantes de diversos sectores en 25 departamentos. La transparencia se garantizó mediante la plataforma Mi Vox Pópuli, donde se publicaron actas y estudios.

Nuevas exclusiones y ajustes técnicos

Se incorporan tres nuevas tecnologías al listado, que se suman a las 114 existentes: diacereína (para artrosis), minoxidil tópico (para alopecia androgénica) e incrustaciones metálicas para restauración dental. Además, se eliminó el código CIE-10 R298, que se usaba inadecuadamente para justificar dolor neuropático.

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Tratamientos y medicamentos excluidos

  • Procedimientos estéticos y cosméticos: rinoplastia, blefaroplastia, liposucción, mamoplastia de aumento, implante capilar, eliminación de tatuajes, entre otros.
  • Medicamentos específicos: combinaciones con acetaminofén (codeína, hidrocodona), buprenorfina, diazepam en usos no autorizados, erlotinib sin mutación, infliximab e interferón sin evidencia clara.
  • Terapias alternativas: ozonoterapia, delfinoterapia, equinoterapia, aromaterapia, psicomagia, terapia Tomatis, cámaras hiperbáricas no autorizadas.
  • Tecnologías en salud reproductiva: fecundación in vitro, inseminación artificial, criopreservación de óvulos o esperma, alargamiento de pene, prótesis peneanas estéticas.
  • Productos de consumo y aseo personal: pañitos húmedos, papel higiénico, toallas higiénicas, gel antibacterial, jabones cosméticos, bloqueadores solares sin prescripción, suplementos vitamínicos sin deficiencia.

El Ministerio aclaró que el plasma rico en plaquetas para sistema osteomuscular fue retirado de esta fase de exclusión, requiriendo estudios adicionales.

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