El "trasteo" masivo de la salud: 2,6 millones de afiliados en riesgo por traslado a Nueva EPS
En medio de una de las coyunturas más críticas del sector salud colombiano, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0182, una medida que modifica la operación de las EPS y facilita la redistribución de millones de afiliados en diferentes zonas del país. Esta reorganización territorial ha generado múltiples alertas sobre financiamiento, operación y acceso al sistema, especialmente considerando que la insuficiencia de recursos girados ha debilitado las finanzas de las EPS y generado mayores barreras para los usuarios.
Un sistema con las venas abiertas
Las cifras revelan la gravedad del panorama actual. El patrimonio agregado de las EPS pasó de -0,3 billones de pesos en 2021 a -15,8 billones en noviembre de 2025, incluso sin incluir los reportes de Nueva EPS. Esta caída catastrófica se ha traducido en deudas crecientes con la red hospitalaria, provocando limitaciones y cierres de servicios esenciales en todo el territorio nacional.
Además, la tasa de reclamos por cada 10.000 afiliados experimentó un incremento alarmante: saltó de niveles cercanos a 10 en 2017 a 43 en el régimen contributivo y 23,7 en el subsidiado al inicio de 2026. Las principales inconformidades incluyen la negación de tecnologías en salud, servicios autorizados, citas médicas, exámenes diagnósticos y dificultades persistentes en el acceso a la atención médica especializada.
La apuesta del Decreto 0182 y sus contradicciones
El Gobierno sustenta el Decreto 0182 en tres argumentos centrales: primero, la fragmentación excesiva del aseguramiento en territorios con poca población impide alcanzar economías de escala; segundo, las EPS con bases pequeñas de afiliados no pueden sostener redes de prestación suficientes; y tercero, el deterioro de una EPS pequeña puede generar efectos en cadena que comprometan la continuidad del aseguramiento en todo un territorio.
Sin embargo, un análisis detallado de Anif revela una relación preocupante: a mayor número de afiliados en un departamento, mayor es la tasa de quejas y reclamos. Esta evidencia sugiere que la escala poblacional por sí sola no garantiza una mejor operación de los prestadores de servicios de salud. Departamentos con menos afiliados y pocas EPS operando registran tasas de quejas igualmente elevadas, indicando que la concentración del aseguramiento no se ha traducido históricamente en mejores resultados para los usuarios.
Nueva EPS: el receptor preferente del "trasteo" masivo
Un elemento crítico dentro del decreto es que Nueva EPS, al concentrar más del 20% de los afiliados a nivel nacional (23,1%), queda exenta de la reorganización y mantiene su autorización en todo el país sin restricciones. Esto implica que en municipios donde los criterios reduzcan la operación a una sola EPS, Nueva EPS operaría como receptora preferente, concentrando un volumen significativo de traslados.
En particular, uno de los criterios municipales establece que en municipios con población hasta 20.000 habitantes, solo podrá operar una EPS, siendo Nueva EPS la única autorizada en muchos casos. Anif estima que el número de traslados a Nueva EPS ronda los 2.670.000 afiliados, una cifra que representa un desafío operativo monumental.
La situación se agrava en departamentos específicos: en Nariño y Caquetá, Nueva EPS recibiría más del doble de afiliados que tiene actualmente. En Bolívar, Putumayo, Sucre y Cundinamarca, los incrementos superarían el 85%, 75%, 48% y 48% respectivamente. Absorber este volumen de nuevos usuarios exige ampliar contratos con IPS, garantizar disponibilidad de personal médico, actualizar registros clínicos y reorganizar procesos administrativos, todo en apenas tres meses.
El riesgo de trasladar el problema
La situación se torna más preocupante al examinar el desempeño reciente de Nueva EPS. Su tasa de quejas alcanzó 441 reclamos por cada 10.000 afiliados al inicio de 2026 y ha venido aumentando de forma sostenida conforme esta entidad ha concentrado mayor participación de afiliados en el país.
Para Anif, que la principal receptora de traslados sea precisamente una EPS con una de las tasas de quejas más altas a nivel nacional no es una anomalía menor: es una señal clara de que la reorganización podría trasladar a millones de colombianos hacia una entidad que ya opera con pobres indicadores de prestación del servicio, empeorando la situación de atención médica para millones de personas.
Finalmente, el decreto elimina en la práctica el derecho a la libre escogencia en municipios donde solo opera una EPS, pues los afiliados no tendrían alternativas de traslado. Aunque teóricamente los usuarios podrían trasladarse después de 60 días de su primera reubicación, el decreto convierte la libre escogencia en un derecho limitado y subordinado a dilaciones administrativas, particularmente en territorios donde la cantidad de EPS se reduce drásticamente.
El panorama que presenta el Decreto 0182 es complejo: mientras busca reordenar el número de EPS en los territorios para asegurar capacidad operativa, reducir la oferta en territorios con servicios ya deteriorados podría agravar las dificultades de acceso, especialmente cuando las EPS receptoras enfrentan restricciones financieras y operativas significativas. La reorganización del sistema de salud colombiano se enfrenta así a uno de sus mayores desafíos, con millones de afiliados en el balance.
