Gobierno colombiano elimina 117 tratamientos del sistema de salud
Gobierno elimina 117 tratamientos del sistema de salud

El Gobierno colombiano, a través del Ministerio de Salud, emitió la Resolución 695 de 2026, mediante la cual se actualiza el listado de tecnologías, procedimientos, medicamentos y servicios que quedarán excluidos de la financiación con recursos públicos destinados al sistema de salud. En total, 117 tratamientos dejarán de ser cubiertos, lo que implica que los pacientes deberán asumir su costo de manera particular.

Objetivo de la medida

Según la cartera de Salud, la actualización responde a un proceso técnico, científico y participativo que busca fortalecer el uso eficiente y transparente de los recursos públicos. La resolución cobija a todos los agentes, usuarios y personas naturales o jurídicas que intervienen en el sistema. En el proceso de definición de exclusiones participaron 475 personas, entre pacientes, veedurías y expertos de seis agrupaciones científicas.

Nuevas exclusiones incorporadas

La norma incluye nuevas exclusiones que antes no estaban contempladas. Entre ellas se encuentran:

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  • Minoxidil: en formas farmacéuticas tópicas para alopecia andrógena no especificada.
  • Restauración de dientes mediante incrustación metálica: incorporada como nueva exclusión.
  • Diacereína: para indicaciones relacionadas con osteoartrosis primaria generalizada, otras poliartrosis y artrosis primaria de otras articulaciones.

Exclusiones que se mantienen

La resolución conserva exclusiones ya existentes para ciertos usos médicos y combinaciones farmacológicas, como:

  • Acetaminofén + codeína (en dolor neuropático)
  • Acetaminofén + hidrocodona
  • Buprenorfina
  • Diazepam (en ciertos usos)
  • Erlotinib (sin mutación EGFR)
  • Infliximab (en algunas patologías)
  • Interferón beta 1A
  • Glucosamina (no todas las formas)
  • Condroitina
  • Teofilina (como monoterapia en EPOC)

Procedimientos estéticos excluidos

Diversos procedimientos con fines estéticos ya no serán cubiertos por el sistema de salud:

  • Liposucción (en todas sus formas)
  • Lipectomía
  • Rinoplastia estética (todas las variantes)
  • Blefaroplastia (superior, inferior, láser, etc.)
  • Ritidectomía (lifting facial)
  • Mamoplastia de aumento
  • Gluteoplastia
  • Mentoplastia
  • Plastias faciales y corporales
  • Rejuvenecimiento vaginal
  • Reducción de grasa en cara, abdomen, muslos
  • Plastia de labios menores
  • Plastia de cejas
  • Bichectomía
  • Correcciones estéticas nasales
  • Alargamiento y engrosamiento de pene
  • Himenoplastia / himenorrafia
  • Clitoroplastia
  • Microinjertos capilares

Procedimientos de fertilidad y reproducción asistida

También quedan por fuera algunos tratamientos de fertilidad:

  • Inseminación artificial
  • Fecundación in vitro (FIV con ICSI)

Terapias alternativas y sin respaldo científico

El listado incluye terapias alternativas o sin evidencia suficiente:

  • Ozonoterapia
  • Psicoterapia tipo “psicomagia”
  • Terapia Tomatis
  • Aromaterapia
  • Delfinoterapia
  • Cámaras hiperbáricas
  • Dietas especiales (sin gluten como tratamiento)
  • Suplementos vitamínicos sin evidencia
  • Estimulación magnética sin respaldo

Productos de consumo personal y cuidado cotidiano

Se excluyen también productos de uso personal:

  • Cosméticos (maquillaje, cremas, bálsamos)
  • Gel antibacterial
  • Lociones hidratantes
  • Pañitos húmedos
  • Papel higiénico
  • Toallas higiénicas
  • Repelentes
  • Edulcorantes y sustitutos de sal
  • Alimentos procesados y envasados
  • Suplementos dietarios

Procedimientos odontológicos restringidos

En odontología se mantienen restricciones para:

  • Ortodoncia fija (en algunos casos)
  • Gingivectomía
  • Cierre de diastemas

El Ministerio recordó que varias exclusiones aplican únicamente frente a diagnósticos específicos, como dolor neuropático, artritis juvenil, esclerosis múltiple progresiva y cáncer de pulmón sin mutación específica. La medida busca garantizar un uso eficiente de los recursos públicos en salud.

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