Excepciones al pago de cuota moderadora en el sistema de salud colombiano
El sistema de salud en Colombia opera bajo un modelo de aseguramiento universal donde el Estado garantiza el derecho fundamental a la salud mediante entidades públicas y privadas. Este sistema funciona a través de la interacción entre las Entidades Promotoras de Salud (EPS), que administran recursos y afilian usuarios, y las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), que incluyen hospitales, clínicas y laboratorios donde se brinda atención médica.
¿Qué es la cuota moderadora y cuál es su propósito?
La cuota moderadora representa un aporte económico que deben realizar exclusivamente los afiliados al Régimen Contributivo, es decir, los cotizantes y sus beneficiarios, cada vez que utilizan servicios de salud. Su objetivo principal es regular la utilización de los servicios médicos y fomentar su uso adecuado, evitando así la congestión del sistema por consultas innecesarias.
El Decreto 1652 de 2022 del Ministerio de Salud y Protección Social establece claramente los perfiles de pacientes que están exentos de realizar este pago al momento de asistir a sus consultas médicas.
Servicios que requieren el pago de cuota moderadora
Los usuarios del Régimen Contributivo deberán pagar la cuota moderadora cuando utilicen:
- Consultas médicas, odontológicas o paramédicas
- Consultas externas con médicos especialistas
- Fórmulas de medicamentos para tratamientos ambulatorios
- Exámenes de laboratorio clínico y radiología de primer nivel
En cuanto a los servicios de urgencia, el pago solo será requerido cuando la situación no comprometa la vida o funcionalidad de la persona atendida.
Poblaciones exentas del pago de cuota moderadora
De acuerdo con las disposiciones del Gobierno Nacional, la exención de la cuota moderadora aplica para varios grupos específicos:
Afiliados al Régimen Subsidiado: Todos los usuarios de este régimen se encuentran completamente exentos del pago de cuotas moderadoras.
Programas Especiales de Salud: No se cobra cuota moderadora por servicios de:
- Promoción y prevención en salud
- Control prenatal completo
- Pacientes trasplantados
- Programas para hipertensión y diabetes
- Atención de enfermedades de alto costo
- Trastornos mentales y problemas de salud mental
- Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)
- Cáncer en niños y adolescentes menores de 18 años
Poblaciones Protegidas: Entre quienes no pagan se encuentran:
- Niños durante su primer año de vida
- Víctimas del conflicto armado registradas en Sisbén 1 y 2
- Menores de edad víctimas de violencia sexual o física con certificación oficial
- Ciudadanos que ejercen su derecho a morir dignamente
El Ministerio de Salud ha enfatizado que la atención en salud no puede estar condicionada por la capacidad económica en situaciones de vulnerabilidad, garantizando así el acceso equitativo a los servicios médicos para todos los colombianos.



