El chance El Dorado Tarde es uno de los juegos de azar más populares en Colombia. Ofrece una gran flexibilidad en cuanto a la cantidad que se puede apostar y las opciones de números disponibles. Los participantes pueden elegir desde una cifra (0-9) hasta cuatro cifras (0000-9999) y apostar a que ese número resultará ganador en el sorteo diario. Las transmisiones se realizan de lunes a sábado a las 3:30 p.m., excepto los domingos y festivos.
Número ganador del sorteo de El Dorado Tarde de este jueves 14 de mayo de 2026
El número ganador del sorteo de hoy es: Tres primeras cifras: Tres últimas cifras: La Quinta: Loterias02:50 p. m. El Motilón Tarde: el número ganador del sorteo de hoy jueves 14 de mayo de 2026 Redacción Vanguardia02:50 p. m. Más Podcast Resultado del sorteo Dorado Tarde del 14 de mayo de 2026.
Consulte los resultados anteriores del chance haciendo clic en Dorado.
Plan de premios de El Dorado Tarde
El plan de premios para este sorteo es el siguiente:
- 1 acierto: 50.000 pesos.
- 2 aciertos: 500.000 pesos.
- 3 aciertos: 4′000.000 pesos.
- 4 aciertos: 45′000.000 pesos.
Cómo reclamar su premio en El Dorado Tarde
Si resultó ganador, debe dirigirse a uno de los puntos de venta habilitados y presentar los siguientes documentos:
- Diligenciar al respaldo del formulario ganador la siguiente información: nombres y apellidos completos, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico (opcional).
- Presentar documento de identificación físico.
- Anexar formulario original ganador.
- Anexar fotocopia o soporte válido de su documento de identificación (cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte) ampliada al 150%, para premios iguales o superiores a $100.000 pesos.
- Diligenciar el formulario de pago de premios dispuesto para premios iguales o superiores a $500.000 pesos.
En la liquidación de los premios se aplicarán los impuestos de ley correspondientes. Para premios superiores a 48 UVT, se aplica una retención del 20% por ganancias ocasionales. Si el documento de juego ganador es presentado oportunamente dentro del término legal y no es pagado sin justificación, el apostador podrá continuar con el trámite previsto en el artículo 12 de la Ley 1393 de 2010 o la norma que lo modifique o complemente.



