Superfinanciera ordena a Credicorp Capital pagar más de $8.870 millones
Superfinanciera ordena a Credicorp pagar $8.870 millones

La Superintendencia Financiera de Colombia ha emitido un fallo histórico contra Credicorp Capital Fiduciaria, ordenándole pagar una indemnización superior a los $8.870 millones a los compradores del proyecto inmobiliario Mizu (oficialmente denominado Mizu Estilo Natural) en Cali. La sanción, la más alta impuesta hasta la fecha a esta entidad, se debe a una grave falta de control sobre el destino de los recursos de los inversionistas.

Detalles del fallo

El fallo establece de manera contundente que la fiduciaria deberá cubrir el resarcimiento utilizando su propio patrimonio. Alrededor de 35 familias entregaron sus ahorros a Credicorp Capital para la compra de viviendas sobre planos, confiando en el respaldo que ofrece una fiduciaria. Sin embargo, la obra se paralizó y la constructora responsable, P&P Constructora Urbano S.A.S., entró en insolvencia en 2022, dejando el proyecto estancado y sin soluciones para los compradores.

Falta de control y omisiones

La Superfinanciera determinó que Credicorp Capital permitió el uso indebido de los recursos sin verificar la viabilidad técnica, financiera y jurídica del proyecto. Los fondos aportados por los beneficiarios se utilizaron para pagar el lote o terreno sin el debido seguimiento. Esto demuestra no solo una omisión en el seguimiento a la ejecución de la obra, sino un incumplimiento de deberes legales indelegables, como el deber de información, protección de los bienes, diligencia, profesionalidad y previsión.

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Apelación de Credicorp Capital

Credicorp Capital anunció que apelará la decisión de primera instancia, argumentando que la paralización del proyecto fue responsabilidad exclusiva de la insolvencia de la constructora y de factores externos como la pandemia, problemas de abastecimiento de materiales y el aumento de las tasas de interés. La compañía señaló que la ejecución de la obra y el cumplimiento de los plazos le corresponden únicamente al constructor, y advirtió que atribuirle estas cargas a las fiduciarias pone en riesgo el modelo del negocio fiduciario en el país y desincentiva la administración profesional de estos recursos.

Precedente para el mercado inmobiliario

Este fallo sienta un precedente importante para el mercado inmobiliario colombiano, ya que advierte que las fiduciarias no son intermediarias pasivas. Si incurren en extralimitaciones u omiten sus obligaciones de vigilancia, comprometerán sus propios bienes para indemnizar a los clientes. Esta exigencia judicial coincide con el nuevo panorama regulatorio tras la reciente expedición del Decreto 510 de 2026, el cual obliga a las fiduciarias a elaborar matrices de riesgos y verificar la existencia de interventorías independientes en los proyectos de vivienda, marcando un paso hacia un control más estricto a favor del consumidor.

Reformas necesarias

Pese a estos avances, defensores de los afectados subrayan que el país aún requiere reformas que impongan sanciones directas a las entidades y directivos para evitar futuros descalabros con los ahorros de los ciudadanos.

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