La Superintendencia de Sociedades impuso una multa de COP 17,5 millones (1.446,83 Unidades de Valor Básico) a Chevyplan, programa de ahorro programado respaldado por Chevrolet, por su renuencia a entregar información solicitada en el marco de peticiones y quejas de suscriptores.
Origen de la sanción
La actuación administrativa se originó en diversas peticiones y quejas presentadas por suscriptores de planes de autofinanciamiento comercial. La Superintendencia trasladó los casos a Chevyplan para que ejerciera su derecho de defensa, pero la compañía no atendió los requerimientos ni los controles de términos posteriores.
Chevyplan argumentó que la falta de respuesta se debió a dificultades técnicas con sus sistemas de correo electrónico. Sin embargo, la autoridad verificó que las comunicaciones oficiales fueron remitidas adecuadamente a los canales registrados por la sociedad.
Incumplimiento de obligaciones legales
La Superintendencia recordó que las contingencias tecnológicas internas no eximen a los sujetos vigilados del cumplimiento de sus obligaciones legales. Aunque valoró las explicaciones como atenuante al determinar la sanción, concluyó que se configuró la conducta prevista en el artículo 51 del CPACA, relacionada con la renuencia a suministrar información requerida por una autoridad administrativa.
Plazo para entregar información
La autoridad advirtió a Chevyplan que debe remitir la información solicitada dentro de los diez días hábiles siguientes a la ejecución de la resolución sancionatoria. Además, subrayó que el suministro oportuno, completo y veraz de la información es una obligación legal indispensable para la inspección, vigilancia y control en beneficio de los usuarios y del interés general.



