Con el aumento del salario mínimo en Colombia para 2026, también se ajustaron los valores que deben pagarse a las empleadas domésticas que trabajan por días o por horas. Este grupo de trabajadores, que cumple labores en hogares y otros espacios, tiene derecho a una remuneración proporcional basada en el mínimo legal vigente.
Salario mínimo 2026: cifras clave
Para 2026, el nuevo Salario Mínimo Mensual es mayor en $327.405 que el de 2025, cuyo monto era de $1.423.500. Actualmente, el salario mínimo mensual quedó fijado en $1.750.905, lo que representa un incremento del 23% frente al año anterior. A partir de esta cifra se desprende el cálculo del pago diario y por hora para quienes no tienen una jornada completa.
Por lo tanto, muchos empleadores y empresarios se han visto obligados a modificar su nómina y sus costos operativos, que aumentaron significativamente. A la par del aumento salarial, también se elevaron otras cuestiones laborales y legales, como las prestaciones sociales o las contribuciones a la seguridad social, por ejemplo.
Valor del día y la hora sin auxilio de transporte
Según ese ajuste, el valor del día laboral, equivalente a una jornada de ocho horas, es de $58.364. Esto significa que cada hora ordinaria de trabajo tiene un valor aproximado de $7.295 cuando se paga con base en el salario mínimo. Este cálculo aplica para trabajadores que cumplen jornadas parciales o por días, siempre y cuando el pago sea proporcional y esté formalizado en un acuerdo laboral que incluya condiciones como horarios, funciones y tipo de vinculación.
Auxilio de transporte y recargos adicionales
El valor por hora no es el único componente a tener en cuenta. La normativa laboral establece que deben incluirse otros factores como el auxilio de transporte proporcional, que para una jornada diaria equivale a cerca de $8.303. Así, el pago total por un día de trabajo puede ascender a aproximadamente $66.667 en condiciones ordinarias.
Además, si la jornada se extiende a horarios especiales, se deben aplicar los recargos correspondientes. Por ejemplo, el trabajo nocturno, después de las 7:00 p. m., tiene un recargo del 35%. En el caso de domingos y festivos, el incremento es del 80% sobre el valor ordinario.
Estos ajustes buscan garantizar que los trabajadores domésticos reciban una remuneración acorde a la ley, incluso cuando no estén vinculados bajo contratos de tiempo completo.



