Gobierno busca cambiar etiquetado de alimentos con nuevo sello de ultraprocesados
Gobierno busca cambiar etiquetado de alimentos con nuevo sello

El Ministerio de Salud de Colombia planea realizar una modificación significativa a la reglamentación de la ley de etiquetado de alimentos. Se trata de una nueva resolución publicada recientemente en fase de comentarios, los cuales serán recibidos hasta el próximo 6 de mayo. Esta normativa establece cambios en los sellos que deben llevar los productos alimenticios cuando contienen niveles altos de ciertos componentes nutricionales.

Objetivo de la nueva resolución

El documento busca derogar la Resolución 810 de 2021, que ya había sido modificada en dos ocasiones. Aunque en esencia el articulado es casi idéntico en la mayor parte del texto, las modificaciones propuestas son significativas y generan un cambio importante en la manera en que las empresas productoras de alimentos deben colocar el etiquetado en sus empaques.

Dos cambios fundamentales

La nueva resolución establece dos cambios principales. El primero es la creación de un nuevo sello que, a diferencia de los ya existentes, no será octogonal sino rectangular. Se trata de un rectángulo con un triángulo de alerta que dice "Advertencia Ultraprocesado". Este sello deberá ser aplicado a todos los empaques de productos que encajen en la definición de alimento ultraprocesado que establece el borrador.

Banner ancho de Pickt — app de listas de compras colaborativas para Telegram

Definición de ultraprocesado

Según el borrador, se considera alimento ultraprocesado a aquellos productos alimenticios fabricados industrialmente, compuestos por varios ingredientes, entre los que se incluyen azúcar, aceites, grasas y sal, así como sustancias alimenticias de uso culinario nulo o poco frecuente y aditivos cosméticos. Los alimentos sin procesar o mínimamente procesados están ausentes o representan una pequeña proporción de los ingredientes. Los procesos que permiten la fabricación de ultraprocesados incluyen técnicas industriales como la extrusión, el moldeado y la prefritura, así como la aplicación de aditivos que hacen que el producto final sea apetecible o hiperapetecible.

Para efectos de inspección, vigilancia y control, un producto se clasifica como ultraprocesado cuando contiene al menos un ingrediente ultraprocesado y/o al menos un aditivo cosmético. Los ingredientes ultraprocesados incluyen carbohidratos, lípidos, proteínas y/o sales sometidos a múltiples procesos químicos y/o biotecnológicos industriales, como fructosa, jarabe de maíz con alto contenido de fructosa, jarabe de azúcar invertido, concentrados de zumo de frutas y verduras, azúcar invertido, maltodextrina, dextrosa, lactosa, almidones modificados, aceites hidrogenados, aceites interesterificados, proteínas hidrolizadas, aislado de proteína de soya, gluten, caseína, proteína de suero y carne separada mecánicamente.

Las únicas excepciones para llevar este nuevo sello son los alimentos sin procesar o mínimamente procesados, artesanales o para uso médico, así como bebidas hidratantes. También se excluyen ingredientes culinarios, café, infusiones o materias primas.

Microsellos para empaques pequeños

Una de las principales polémicas de la normativa vigente tiene que ver con los casos en los que los empaques son pequeños. Actualmente, cuando la cara principal de un empaque mide menos de 30 centímetros cuadrados, se permitía a las empresas no poner sellos de advertencia, sino incluir un código QR o una dirección web donde los ciudadanos pudieran consultarlos. Para algunos sectores y organizaciones como Red PaPaz, esta norma no informa debidamente a los consumidores.

Ante ello, la nueva resolución incluye los llamados "microsellos", que se deben poner en empaques con una superficie frontal menor a 5 centímetros cuadrados, y también establece que los demás tamaños menores a 30 centímetros cuadrados deben incluir los sellos de advertencia de la siguiente manera:

Banner post-artículo de Pickt — app de listas de compras colaborativas con ilustración familiar
  • Área del empaque menor o igual a 5 cm2: Octágono: Microsello (15% de la cara principal); Advertencia de ultraprocesado: Microsello (15% de la cara principal).
  • Área del empaque mayor a 5 cm2 y menor a 15 cm2: Octágono: 1.1 x 1.1 cm; Advertencia de ultraprocesado: 2.8 x 0.9 cm.
  • Área del empaque mayor a 15 cm2 y menor a 20 cm2: Octágono: 1.3 x 1.3 cm; Advertencia de ultraprocesado: 3.0 x 0.94 cm.
  • Área del empaque mayor a 25 cm2 y menor a 30 cm2: Octágono: 1.5 x 1.5 cm; Advertencia de ultraprocesado: 3.25 x 1.02 cm.

Para el resto de tamaños de empaques, los sellos se mantienen iguales a como se manejan actualmente, con la inclusión del nuevo sello de ultraprocesados.

Cambios en el sello positivo

La resolución también modifica el llamado sello positivo. Actualmente, existían máximos de sodio, azúcares añadidos y grasas saturadas que podían tener los alimentos para poder llevar dicho sello en sus empaques. Ahora, este sello solo se podrá poner en alimentos sin procesar o mínimamente procesados, y cuyo primer ingrediente en la lista no puede ser sodio o aditivos con sodio, grasas y/o azúcares añadidos. Además, la forma del sello cambiará, pasando de ser un símbolo de visto bueno a una carita feliz de fondo verde con las palabras en mayúscula "ALIMENTO SALUDABLE".

Reacciones del gremio de alimentos

La Cámara de la Industria de Alimentos de la Andi lanzó una fuerte advertencia sobre los riesgos que implicaría el nuevo proyecto de resolución. Según el gremio, la iniciativa podría generar impactos económicos significativos, inseguridad jurídica y decisiones regulatorias sin suficiente sustento técnico. La propuesta obligaría a rediseñar la totalidad de empaques de alimentos en el país, afectando a un sector compuesto por 51.200 empresas, de las cuales el 98,5 por ciento son micro y medianas, con potencial impacto en el empleo y el abastecimiento nacional.

Uno de los principales cuestionamientos apunta a la falta de evidencia científica que respalde los cambios planteados. "Este nuevo reglamento técnico no está debidamente justificado, se hace sin la evidencia científica que debe soportar un cambio tan profundo como este", afirmó Camilo Montes, director ejecutivo de la Cámara de la Industria de Alimentos de la Andi. El gremio también cuestiona la ausencia de diálogo previo y advierte que el proyecto podría constituir un obstáculo técnico al comercio, al no cumplir plenamente con los requisitos de organismos como la Organización Mundial del Comercio (OMC) o la Comunidad Andina. Asimismo, señala que el cambio normativo se plantea sin una evaluación ex post del modelo actual de etiquetado, implementado hace menos de tres años y ajustado recientemente, lo que contraviene las buenas prácticas regulatorias adoptadas por Colombia en el marco de la Ocde.