Gobierno fija límite del 30% para inversión extranjera de fondos de pensiones obligatorias
Límite del 30% a inversión extranjera de fondos de pensiones

Gobierno establece nuevo límite para inversiones extranjeras de fondos de pensiones

El Gobierno Nacional fijó un límite global del treinta por ciento (30%) para las inversiones en el exterior de los fondos de pensiones obligatorias administrados por las AFP. Esta medida quedó formalizada mediante el Decreto 0369 de 2026, el cual aplica a la suma total de los cuatro tipos de fondos que gestionan estas administradoras.

El texto del decreto señala de manera explícita que "la totalidad de las inversiones estarán sujetas a un límite global de inversión del treinta por ciento (30%)", marcando un cambio significativo en la política de inversión de los recursos pensionales.

Periodo de transición y ajuste gradual

La implementación de esta nueva regulación no será inmediata. Las autoridades han establecido un margen de ajuste de hasta cinco años para que las AFP se adapten a los nuevos parámetros. Durante este periodo de transición:

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  • Los fondos podrán mantener inversiones en el exterior hasta en un 35% durante los primeros tres años
  • Posteriormente deberán converger gradualmente al nuevo techo del 30%
  • Cada administradora tendrá seis meses para presentar un plan de ajuste detallado ante la Superintendencia Financiera

Estos planes deberán incluir criterios específicos de inversión y estrategias de manejo de riesgos, asegurando una transición ordenada hacia el nuevo esquema regulatorio.

Objetivo: redirigir recursos hacia la economía colombiana

El decreto mantiene el principio fundamental de que las AFP deben "garantizar la seguridad, rentabilidad y liquidez del ahorro individual", pero introduce una presión adicional para orientar parte del flujo de recursos hacia proyectos de desarrollo nacional.

Para facilitar este proceso, el Ministerio de Hacienda está trabajando en la creación de un banco de proyectos que servirá como canal para dirigir estos recursos hacia iniciativas productivas en Colombia. Este mecanismo contará con participación tanto del sector privado como de entidades públicas, buscando ordenar la oferta de inversiones y hacerla compatible con el régimen de los fondos de pensiones.

Entre los objetivos centrales del decreto se destaca "promover la movilización y permanencia del ahorro interno", respondiendo a preocupaciones sobre el balance entre inversión y ahorro en la economía nacional.

Contexto económico y excepciones contempladas

Según datos del DANE citados en el documento, durante 2025 la inversión en la economía colombiana alcanzó el 19,7% del Producto Interno Bruto, mientras que el ahorro nacional se mantuvo en apenas el 8%. Esta brecha significativa ha sido cubierta tradicionalmente con recursos provenientes del exterior.

El decreto también contempla situaciones excepcionales donde una AFP podría enfrentar dificultades para cumplir con el nuevo límite. En casos donde existan impedimentos "jurídicos, técnicos y/o financieros", las administradoras deberán presentar ante la Superintendencia Financiera un documento técnico que sustente estas limitaciones.

Mientras persistan estas condiciones especiales, las AFP podrán mantener niveles de inversión externa por encima del límite establecido, aunque bajo condiciones específicas de supervisión y control.

Nuevas cotizaciones con enfoque local

Paralelamente, la normativa establece que las nuevas cotizaciones que ingresen a los fondos de pensiones deberán tener un sesgo hacia activos locales. Parte de estos recursos frescos deberá destinarse específicamente a inversiones dentro del territorio colombiano, contribuyendo así al cumplimiento progresivo del límite global establecido.

Esta medida busca no solo regular las inversiones existentes, sino también orientar los flujos futuros hacia el desarrollo económico nacional, creando un círculo virtuoso entre el ahorro pensional y la inversión productiva en el país.

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