Abecé del pleito por $26 billones de ahorro pensional entre Gobierno y fondos privados
Pleito por $26 billones de ahorro pensional: abecé

Por primera vez en la historia, un gobierno mencionó la posibilidad de incumplir con el pago de las mesadas a pensionados. Esa fue la reacción a dos fallos del Consejo de Estado que suspenden la orden dada por el gobierno del presidente Gustavo Petro de entregarle a Colpensiones los ahorros de más de 124.000 trabajadores que decidieron cambiarse de régimen y retirarse de los fondos privados.

De inmediato surgen varias preguntas: desde si el pago de las mesadas depende de una sentencia judicial hasta en qué consiste la controversia en la que el Gobierno Nacional busca, con el traslado de los 26 billones de pesos de los ahorros, liberar espacio presupuestal para gastarse esa suma este mismo año.

¿Las sentencias del Consejo de Estado pueden usarse como justificación para dejar de pagar las mesadas a los trabajadores pensionados?

No. Colpensiones cuenta con recursos suficientes para cubrir las mesadas de quienes ya se pensionaron a través de la denominada “oportunidad de traslado”, prevista en la reforma pensional aprobada en 2024. Actualmente, los aportes de los cerca de 100.000 afiliados que siguen cotizando, que se trasladaron a la luz del artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 (reforma pensional), son suficientes para cubrir las pensiones de los cerca de 24.000 pensionados. Cálculos de expertos señalan que el pago de las mesadas para estas 24.000 personas representa un costo aproximado de 450.000 millones de pesos al año. No obstante, los cerca de 100.000 ciudadanos que siguen cotizando aportan unos 690.000 millones de pesos anuales.

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¿En qué consiste la actual controversia por las pensiones y qué alcance tienen las decisiones del Consejo de Estado?

El trasfondo del asunto es que, a finales de abril pasado, el Gobierno Nacional emitió el Decreto 415 de 2026, el cual ordenaba a las administradoras de fondos de pensiones y cesantías (Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia) trasladar más de 26 billones de pesos a Colpensiones de forma inmediata. Sin embargo, esta semana, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente este decreto porque encontró que el Ejecutivo desbordó su competencia al contradecir la Ley 2381 de 2024. El alto tribunal determinó que no existe un vacío legal que justifique dicho ajuste por decreto y recordó que la facultad del Gobierno Nacional para reglamentar el destino de esos recursos está suspendida.

¿Qué respondió el gobierno Petro ante los fallos del Consejo de Estado?

El Ministerio de Hacienda, el Ministerio del Trabajo y Colpensiones advirtieron que la suspensión del Decreto 415 de 2026 compromete el pago de las obligaciones pensionales de los afiliados trasladados. Al respecto, señalaron que “no resulta financieramente sostenible ni jurídicamente exigible a Colpensiones el pago de las obligaciones pensionales de una persona que se traslade a esa administradora, pero que los recursos destinados a financiar su prestación permanezcan atrapados en una administradora privada”. Además, el Gobierno Nacional presentó un recurso de súplica contra el auto del Consejo de Estado del 11 de mayo, con el fin de que se revierta la decisión que frenó el traslado a Colpensiones de los ahorros de los afiliados.

¿Cuál es la suma de dinero involucrada en esta disputa y quiénes son los propietarios de estos recursos?

La suma involucrada supera los 26 billones de pesos. Estos recursos pertenecen a los ciudadanos que optaron por la “oportunidad de traslado” habilitada por el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, el cual permite el movimiento de afiliados entre fondos privados y Colpensiones.

¿En qué consiste la “oportunidad de traslado” habilitada en la reforma pensional?

La reforma pensional contempla un mecanismo para que los trabajadores puedan trasladarse de los fondos privados a Colpensiones, o viceversa, durante un periodo de dos años que vence el próximo 16 julio de 2026. Sin embargo, este beneficio aplica exclusivamente para las mujeres con más de 750 semanas cotizadas y los hombres con más de 900 semanas, siempre y cuando se encuentren a menos de 10 años de cumplir la edad de jubilación. Esto significa que las mujeres deben tener al menos 47 años y los hombres, 52 años.

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¿Cuántas personas aprovecharon esta “oportunidad de traslado” para cambiar de fondo de pensión?

Cerca de 24.000 pensionados optaron por esta “oportunidad de traslado” y, actualmente, hay cerca de 100.000 afiliados activos en proceso. Bajo la Ley 100 de 1993, esta migración está prohibida para quienes les faltan menos de 10 años para pensionarse, pero esta nueva oportunidad legal permite el cambio hasta el 16 de julio de 2026.

¿Por qué estas personas pudieron cambiarse de fondo si la reforma pensional está suspendida?

Aunque la Corte Constitucional suspendió en junio de 2025 la entrada en vigor de la reforma pensional, esta decisión no aplicó para el artículo 76, que precisamente establece la “oportunidad de traslado” para quienes son beneficiarios del régimen de transición.

¿Qué pasará ahora con los 26 billones de pesos tras los fallos del Consejo de Estado?

Por mandato legal, este dinero debe permanecer en las AFP. La Ley 2381 de 2024 (iniciativa del gobierno Petro) ordena que estos recursos sigan ganando rendimientos en los fondos privados hasta que se cumplan dos condiciones. Por un lado, que el afiliado consolide su pensión de vejez y, por el otro, que entre en operación el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, administrado por el Banco de la República. Este fondo financiará las pensiones que se otorguen bajo la nueva reforma pensional.

¿Por qué no se entrega ese dinero a Colpensiones si pertenece a los pensionados que se trasladaron?

Porque el Consejo de Estado encontró argumentos para suspender la orden de traslado de recursos. La Ley 2381 de 2024 prohíbe expresamente que esos recursos sean usados para pagar pensiones de la Ley 100 de 1993. El destino legal de ese dinero es el ahorro, no el gasto corriente. De ahí que las AFP estén cumpliendo la ley al mantener los saldos hasta que el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo esté listo para recibirlos.

¿Cuáles son los riesgos de que el Gobierno insista en que ese dinero debe pasar a Colpensiones?

El manejo de estos recursos no puede alejarse de lo que la ley ordena. En ese sentido, esos 26 billones de pesos se deben ahorrar. De hecho, el Consejo de Estado advirtió que el Gobierno Nacional intentaba modificar la ley de forma irregular para disponer de ese dinero que, por norma, debe ir al ahorro a largo plazo y no al pago de pensiones actuales.

¿Cuál es el presupuesto de Colpensiones para pagar las mesadas de los colombianos?

Se estima que Colpensiones debe pagar en 2026 pensiones por cerca de 75 billones de pesos. De este monto, aproximadamente 35 billones de pesos salen del Presupuesto General de la Nación, mientras que el saldo restante lo aportan los afiliados y empleadores. Además, es importante tener en cuenta que el incremento del 23 por ciento en el salario mínimo para este año ejerció una presión adicional sobre las finanzas del régimen público, elevando de forma automática el costo de las mesadas indexadas a este indicador.

¿En dónde están invertidos los ahorros pensionales de los afiliados a fondos privados?

Casi el 100 por ciento de estos recursos se encuentran invertidos en Colombia, principalmente en títulos (TES) del Gobierno Nacional. Al tratarse de los ahorros de personas que están a menos de 10 años de pensionarse o en edad pensional, este dinero se encuentra en el denominado “fondo conservador”. Según Asofondos, las AFP cerraron septiembre de 2025 con un ahorro total de 525 billones de pesos, cifra que reflejó un incremento de 53 billones de pesos en rendimientos en lo corrido del año. Al respecto, las administradoras privadas han manifestado que no se benefician de la gestión de estos recursos ni cobran comisión alguna por su manejo.