Ley 2486 de 2025 regula patinetas eléctricas en Colombia con nuevas normas de seguridad
Nueva ley regula patinetas eléctricas en Colombia con normas de seguridad

Nueva regulación transforma el uso de patinetas eléctricas en Colombia

El crecimiento exponencial de la micromovilidad en Colombia ha llevado a las autoridades a implementar normas específicas para garantizar un uso seguro y ordenado. Con la entrada en vigor de la Ley 2486 de 2025, las patinetas eléctricas han dejado de ser consideradas únicamente como dispositivos recreativos para convertirse en vehículos regulados dentro del sistema de transporte urbano nacional.

Edad mínima y espacios autorizados para circulación

Uno de los aspectos más relevantes de la nueva legislación es la definición clara de quiénes pueden utilizar estos vehículos. La norma establece que la edad mínima para conducir una patineta eléctrica es de 16 años, aunque existe una excepción importante: los menores desde los 12 años pueden utilizarlas, pero exclusivamente en ciclorrutas designadas, lo que restringe significativamente su circulación en otras áreas urbanas.

En cuanto a los espacios permitidos, la regulación es bastante estricta:

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  • Está prohibido terminantemente transitar por andenes peatonales
  • Se permite el uso en ciclorrutas especialmente diseñadas
  • También pueden circular en vías específicamente autorizadas por autoridades locales

Límites de velocidad y características técnicas

La ley establece restricciones claras en términos de velocidad, un aspecto fundamental para prevenir accidentes y garantizar la seguridad vial:

  1. En ciclorrutas, el límite máximo permitido es de 25 kilómetros por hora
  2. En vías habilitadas especialmente, la velocidad puede alcanzar hasta 40 kilómetros por hora

Adicionalmente, estos vehículos son definidos como de uso individual exclusivo, con motores que no deben superar los 1.000 vatios de potencia, lo que los clasifica dentro de la categoría de transporte liviano y sostenible.

Elementos de seguridad obligatorios para circulación nocturna

La normativa hace especial énfasis en la seguridad durante las horas de menor visibilidad. Entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m., los conductores deben cumplir rigurosamente con varios requisitos:

  • Uso obligatorio de casco de protección certificado
  • Prendas reflectivas visibles desde diferentes ángulos
  • Luces delanteras y traseras funcionando correctamente

También se exige un comportamiento responsable al volante, incluyendo la señalización adecuada de giros y la prohibición de transportar objetos que puedan afectar la estabilidad del vehículo o representar riesgos para otros usuarios de la vía.

Sanciones económicas por incumplimiento de normas

El no acatamiento de estas disposiciones puede generar sanciones económicas significativas. Las infracciones están contempladas en el Código Nacional de Tránsito, específicamente en el artículo 131, literal G. Las multas pueden alcanzar aproximadamente $350.000 pesos, equivalentes a seis salarios mínimos legales diarios vigentes.

Entre las conductas específicamente sancionables se encuentran:

  1. Conducir bajo los efectos de alcohol o sustancias psicoactivas
  2. No utilizar casco o elementos de seguridad requeridos
  3. Circular por andenes peatonales o zonas expresamente prohibidas
  4. Exceder los límites de velocidad establecidos
  5. Transportar acompañantes en vehículos diseñados para uso individual
  6. No señalizar maniobras o transportar carga que represente riesgos

Hacia una movilidad moderna y responsable

Esta nueva regulación busca que el crecimiento de las patinetas eléctricas en Colombia se desarrolle de manera organizada y segura. Más allá de fomentar el uso de alternativas de transporte sostenibles, el objetivo principal es garantizar la protección de todos los actores viales, incluyendo peatones, ciclistas y conductores de otros vehículos.

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Con estas disposiciones actualizadas, Colombia da un paso significativo hacia una movilidad urbana más moderna, eficiente y, sobre todo, responsable. La implementación de la Ley 2486 de 2025 representa un avance importante en la adaptación de la legislación nacional a las nuevas realidades del transporte urbano, equilibrando innovación tecnológica con seguridad pública.