Este jueves 30 de abril de 2026, la medida de pico y placa en Bogotá estará vigente con el objetivo de mejorar la movilidad en la capital del país. Las restricciones aplican para vehículos particulares y taxis, con horarios específicos establecidos por la Alcaldía.
Restricción para vehículos particulares
Para el jueves 30 de abril de 2026, los vehículos particulares cuyas placas terminen en los dígitos 1, 2, 3, 4 y 5 no podrán circular entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m. Esto significa que los automóviles con placas finalizadas en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán transitar libremente durante toda la jornada. La medida no aplica para motocicletas, las cuales pueden circular sin restricción alguna.
Pico y placa para taxis
En el caso de los taxis, la restricción también se aplica. Los taxis con placas que terminen en 1 y 2 no podrán circular entre las 5:30 a. m. y las 9:00 p. m. Esta medida busca optimizar el servicio de transporte público y asegurar una distribución adecuada de taxis en las diferentes zonas de la ciudad, evitando congestiones vehiculares.
Excepciones a la medida
Existen ciertas excepciones a la normativa de pico y placa en Bogotá. Los vehículos de emergencia, como ambulancias y carros de bomberos, así como aquellos que prestan servicios esenciales, no están sujetos a esta restricción. Las motocicletas continúan exentas de la medida, por lo que pueden circular sin limitaciones todos los días de la semana. Además, el pico y placa no aplica los fines de semana para ningún tipo de vehículo.
Es importante que los conductores estén atentos a estas disposiciones para evitar sanciones y contribuir a una mejor movilidad en la ciudad. La Alcaldía de Bogotá recuerda que el cumplimiento de estas normas es fundamental para reducir la congestión vehicular y mejorar la calidad del aire en la capital.



