Corte Suprema traslada al Senado consulta sobre posesión de senador electo recluido
Corte Suprema traslada al Senado consulta sobre senador electo recluido

Consulta ciudadana sobre posesión de senador electo recluido llega al Senado

La Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia ha remitido formalmente a la Presidencia y a la Mesa Directiva del Senado de la República una solicitud ciudadana que plantea un interrogante constitucional de gran relevancia: si el senador electo Wadith Manzur Imbett, quien actualmente se encuentra recluido en la Escuela de Carabineros con medida de aseguramiento privativa de la libertad, puede legalmente tomar posesión de su curul este 20 de julio para el periodo constitucional 2026-2030.

El origen de la petición y la respuesta judicial

El ciudadano Francisco Javier Araujo Morelos presentó ante la Sala Especial de Instrucción un derecho de petición en el que formuló dos preguntas específicas al alto tribunal:

  • ¿Existe garantía de que Manzur Imbett pueda materializar el acto de posesión como senador el 20 de julio?
  • ¿La medida de aseguramiento preventiva implica la imposibilidad absoluta de ejercer el mandato representativo derivado del voto popular?

En su argumentación, Araujo Morelos sostuvo que, aunque las medidas de aseguramiento son constitucionalmente legítimas, "no pueden traducirse en la anulación total del contenido esencial de los derechos políticos", lo que, en su criterio, equivaldría a una prohibición absoluta de posesionarse.

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La Sala respondió que no emitirá pronunciamiento directo sobre los puntos planteados, pero consideró que la solicitud aborda asuntos referidos a la posesión de congresistas electos para el nuevo periodo. Por ello, mediante auto del 27 de marzo de 2026, firmado por el magistrado Misael Fernando Rodríguez Castellanos, se ordenó trasladar la petición al Senado para que sea esa corporación la que se pronuncie. El oficio fue dirigido específicamente al presidente del Senado, Lidio Arturo García Turbay.

El contexto del caso: corrupción en la UNGRD

La Corte Suprema dictó medida de aseguramiento privativa de la libertad contra Manzur Imbett el 11 de marzo de 2026, tras concluir que el senador electo presuntamente negoció sus votos en la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público (CICP) a cambio de contratos de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Apenas ocho días después, el 19 de marzo, el senador conservador fue trasladado de manera definitiva al complejo adscrito a la Escuela de Carabineros, vinculado a La Picota, donde permanece recluido.

El proceso que mantiene privado de la libertad a Manzur se enmarca en el entramado de corrupción destapado alrededor de la UNGRD, que habría costado al erario cerca de $92.000 millones de pesos, originados en sobrecostos de los carrotanques para La Guajira.

La Corte determinó, tras recaudar pruebas documentales y testimoniales, que "en varias reuniones se habría acordado que la contraprestación para los congresistas, por el trámite de los créditos, sería el impulso de la contratación y obras de interventoría de tres proyectos" ubicados en Córdoba, Arauca y Bolívar. Según la investigación, representantes del gobierno Petro habrían comprometido la función legislativa de los parlamentarios procesados.

Este caso mantiene también privados de la libertad a los exministros Ricardo Bonilla y Luis Fernando Velasco, señalado por la Corte como autor intelectual de la red desde finales de 2025.

La paradoja electoral

Pese a la medida de aseguramiento vigente al momento de los comicios del 8 de marzo de 2026, Manzur Imbett logró 134.914 votos, lo que lo posicionó como el séptimo candidato más votado del país y el tercero del Partido Conservador. Con estos resultados, obtuvo su curul en el Senado para el periodo 2026-2030, generando así el dilema jurídico y político que ahora deberá resolver el Senado de la República.

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La decisión del Senado sobre esta consulta marcará un precedente significativo en la intersección entre el ejercicio de derechos políticos, las medidas judiciales restrictivas de la libertad y la representación popular en el Congreso colombiano.