Corte Constitucional suspende impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro
Corte suspende impuesto al patrimonio para sin ánimo de lucro

La Corte Constitucional ha generado un intenso debate entre los gremios empresariales tras su decisión de suspender la segunda cuota del impuesto al patrimonio para ciertos contribuyentes, mientras se resuelve el caso de fondo. Algunos sectores consideran esta medida como un punto de partida positivo para la discusión, mientras que otros la califican abiertamente como una decisión equivocada.

Contexto de la emergencia económica

Tras la emergencia por lluvias en el norte del país, el Gobierno nacional declaró la emergencia económica y decretó el cobro del impuesto al patrimonio para todas las compañías con un patrimonio superior a los 10.000 millones de pesos. La suspensión aplica por el momento únicamente para entidades sin ánimo de lucro, como las universidades, y para empresas que se encuentren en proceso de liquidación.

Reacciones de los gremios

Alejandro Castañeda, presidente de Andeg, señaló: "Es un buen inicio de la discusión porque no solamente se generan efectos nocivos hacia este segmento, sino que los efectos del decreto, desde el punto de vista de inexequibilidad y de la suspensión frente a estos decretos, no solamente debe darse hasta ese sector, sino hacia los sectores que tienen un ánimo de lucro, como es el sector industrial, el sector comercial, el sector empresarial del país. Porque al final del día, este impuesto también es una carga tributaria no deseada, que carece de proporcionalidad a la luz de la constitución colombiana frente a lo sucedido en el departamento de Córdoba".

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Los 34 gremios del Consejo Gremial Nacional, junto con otros sectores empresariales, ya habían solicitado a la Corte la suspensión del impuesto al patrimonio, argumentando que podría causar un impacto desproporcionado en la empresa privada.

Posiciones encontradas

Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, expresó su preocupación calificando la decisión como "lamentable". Afirmó que "el Gobierno no demostró en los decretos que se cumpliera el requisito de suficiencia, es decir, que los recursos que dice necesitar, no se puedan obtener por medios ordinarios, especialmente, reduciendo el derroche y el gasto burocrático en época preelectoral. Queda esperar que un Gobierno responsable y un Congreso consciente de su papel histórico, deroguen el absurdo e inconstitucional impuesto al patrimonio".

La decisión de la Corte Constitucional ha dividido opiniones, mientras se espera una resolución definitiva sobre la constitucionalidad del impuesto al patrimonio en medio de la emergencia económica declarada por el Gobierno.

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