Cuatro años de la despenalización del aborto: 213.895 mujeres accedieron a IVE seguro
Han transcurrido cuatro años desde que la Corte Constitucional emitió la histórica Sentencia C-055 de 2022, la cual despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación en Colombia. Según un informe reciente de Profamilia, al menos 213.895 mujeres han podido acceder a servicios seguros de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) durante este período. Esta cifra representa un avance significativo en la reducción de procedimientos clandestinos que durante décadas pusieron en riesgo la vida y la autonomía corporal de las mujeres que decidían no continuar con un embarazo.
Acceso ampliado y datos reveladores
Aunque los datos consolidados provienen inicialmente de Profamilia, el acceso a la IVE no se limita a sus instalaciones. Actualmente, una red más amplia de Instituciones Prestadoras de Salud (IPS), clínicas privadas y hospitales públicos están legalmente obligados a brindar este servicio, garantizando los derechos sexuales y reproductivos sin exigir causales específicas durante los primeros seis meses de gestación.
Tan solo durante el año 2025, Profamilia reportó 59.532 atenciones de IVE. De este grupo, el 94,5% optó por métodos farmacológicos antes de la semana 12 de embarazo. Esta estadística desmiente efectivamente el estigma social que rodea a los abortos tardíos. Además, datos proporcionados por el movimiento Causa Justa confirman que apenas el 4% de los casos llega a etapas avanzadas del embarazo. Cuando esto ocurre, rara vez obedece a la voluntad de la paciente, sino que suele ser resultado de trabas administrativas o escenarios de violencia machista.
Avances legales y barreras persistentes
A lo largo de estos cuatro años, el sistema judicial colombiano ha emitido varias sentencias cruciales para proteger los derechos de las mujeres:
- En 2023, las decisiones T-576 y C-322 reafirmaron el derecho a la autonomía, la igualdad y la dignidad, blindando lo ya establecido por la Sentencia C-055.
- En 2024, la sentencia T-402 sentó un precedente vital sobre el derecho a la intimidad y la reserva legal de la historia clínica en casos de IVE.
- En 2025, las sentencias de unificación SU-176 y SU-297 elevaron la garantía de la IVE al conectarla directamente con el derecho fundamental a una vida libre de violencias de género, la reparación y la protección estricta del interés superior de niñas y adolescentes.
Sin embargo, estos avances en los tribunales siguen chocando con una realidad compleja en los centros médicos. La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres advierte que, a pesar de la normatividad vigente, continúan presentándose múltiples obstáculos que vulneran los derechos reproductivos por acción u omisión. Esta organización, luego de asesorar a mujeres que enfrentaron barreras de acceso, concluyó que estas limitaciones se agrupan en tres grandes frentes:
- Desconocimiento del marco legal por parte de algunas instituciones.
- Interpretación restrictiva de la normativa por parte de ciertos actores del sistema de salud.
- Graves fallas en la prestación del servicio de salud, incluyendo demoras injustificadas.
Desigualdades territoriales y nuevas directrices
Mientras en ciudades principales como Bogotá o Medellín las rutas de atención están relativamente estandarizadas, la justicia reproductiva sigue siendo una deuda pendiente en las zonas rurales. Las mujeres campesinas, indígenas y afrodescendientes enfrentan barreras geográficas, interculturales e institucionales que retrasan significativamente el acceso a servicios de IVE.
Para abordar estos desafíos, la Corte Constitucional emitió recientemente la sentencia SU-297 de 2025, la cual establece que ninguna autoridad étnica ni comunitaria puede prohibir o restringir el acceso al aborto, consolidándolo como un servicio de salud esencial y un derecho fundamental. Esta decisión es particularmente relevante en territorios con jurisdicciones especiales donde persisten bloqueos al ejercicio pleno de los derechos reproductivos.
Exigencias y mecanismos de acceso
Los movimientos feministas y organizaciones de salud exigen la implementación de acciones inmediatas para garantizar el acceso efectivo a la IVE. Entre las medidas prioritarias se encuentran:
- Fortalecimiento de la telemedicina en zonas rurales y remotas.
- Capacitación especializada del personal de enfermería para ejecutar procedimientos seguros.
- Vigilancia estricta sobre el uso adecuado de la objeción de conciencia y la prevención de violencia de género en entornos médicos.
Es crucial recordar que la objeción de conciencia es un recurso de carácter individual del profesional médico, no de la clínica ni del hospital. Si un médico se declara objetor, la institución tiene la obligación legal de reasignar el caso inmediatamente para evitar demoras que comprometan la salud de la paciente.
¿Dónde se puede solicitar un aborto? Toda mujer puede solicitar una Interrupción Voluntaria del Embarazo en su EPS o IPS sin restricciones hasta la semana 24 de gestación, apelando directamente a la Sentencia C-055 de 2022. Después de este tiempo, el procedimiento se realiza bajo una de las tres causales establecidas por la Corte Constitucional en la Sentencia C-355 de 2006, por lo que debe manifestarse claramente en las entidades correspondientes para garantizar el cumplimiento de la ley.



