Gobierno Nacional establece medidas clave para elecciones de Congreso y primera vuelta presidencial
Medidas del Gobierno para elecciones de Congreso y primera vuelta

Gobierno Nacional establece medidas clave para elecciones de Congreso y primera vuelta presidencial

En ocho días, Colombia se prepara para acudir a las urnas en un proceso electoral crucial que definirá la composición del Congreso el 8 de marzo y la primera vuelta presidencial el 31 de mayo. A través del decreto 0188 expedido el viernes 27 de febrero, el Ministerio del Interior ha dado a conocer un conjunto detallado de disposiciones que regirán ambos eventos democráticos, asegurando la transparencia y orden durante las jornadas de votación.

Restricciones estrictas en propaganda electoral

Una de las medidas más significativas es la prohibición absoluta de propaganda político-electoral, manifestaciones, comunicados y entrevistas relacionadas con el apoyo a candidatos o partidos en ambas fechas. Durante el día de elecciones, quedará expresamente vedada la colocación de carteles, pasacalles, vallas y afiches destinados a difundir propaganda electoral, así como su difusión a través de cualquier tipo de vehículo terrestre, nave o aeronave.

Horarios y protocolos para testigos electorales

El artículo 5 del decreto establece que los testigos electorales deberán presentarse en los puntos de votación a las 7:00 a.m., y la jornada culminará únicamente cuando todas las mesas estén debidamente acreditadas. Además, se impone una restricción específica sobre el uso de dispositivos electrónicos: los testigos y observadores no podrán utilizar celulares u otros equipos entre las 8:00 a.m. y las 4:00 p.m., permitiéndose su uso solo después del cierre oficial de las urnas.

Asistencia para votantes y prioridad en medios

Para garantizar la participación inclusiva, se establece que los votantes con limitaciones físicas o dolencias pueden acudir acompañados, recibiendo asistencia directa de las autoridades electorales cuando sea necesario. Paralelamente, los medios de comunicación deberán dar prioridad a los mensajes emitidos por autoridades electorales, fuerzas militares y Policía Nacional durante los períodos del 6 al 9 de marzo y del 29 de mayo al 1 de junio.

Ley seca y medidas de seguridad perimetral

La ley seca se implementará de manera rigurosa, con los alcaldes obligados a activar la medida desde las 6:00 p.m. del sábado 7 de marzo hasta las 12:00 p.m. del lunes 9 de marzo, y nuevamente desde las 6:00 p.m. del sábado 30 de mayo hasta las 12:00 p.m. del lunes 1 de junio. Como medida de seguridad adicional, las autoridades podrán decretar toque de queda preventivo y convocar consejos regionales de seguridad según lo consideren necesario.

Cierre de fronteras y ajustes en transporte público

Los pasos fronterizos terrestres y fluviales permanecerán cerrados entre las 6:00 p.m. del 7 de marzo y las 6:00 a.m. del 9 de marzo, y entre las 6:00 p.m. del 30 de mayo y las 6:00 a.m. del 1 de junio. En cuanto al transporte público, se exigirá que utilice al menos el 80% de su parque automotor para garantizar el servicio a los votantes, incluyendo la posibilidad de habilitar rutas especiales que faciliten el desplazamiento hacia los puestos de votación.

Estas disposiciones, emanadas del Gobierno Nacional, buscan crear un entorno seguro y ordenado para el desarrollo de las elecciones, fortaleciendo la confianza ciudadana en el proceso democrático que definirá el rumbo político del país en los próximos años.