El Gobierno Nacional anunció un cambio significativo en el recaudo de recursos de contribuyentes morosos a través de la Dian. Ahora, la entidad tendrá la facultad de embargar cuentas bancarias, tarjetas de crédito y bienes dentro de procesos de cobro coactivo.
¿Cómo funcionará el nuevo mecanismo?
La medida aplicará para los contribuyentes que tengan saldos pendientes tributarios y no hayan atendido los requerimientos formales previos. La Dian podrá ordenar el embargo de cuentas bancarias, tarjetas de crédito y bienes cuando el contribuyente tenga deudas tributarias exigibles. El proceso se llevará a cabo con bancos y entidades financieras.
¿Quiénes serán afectados?
Las personas serán objeto de bloqueo de estas medidas hasta pagar los valores de la deuda. La Dian dispondrá de una lista de personas naturales y jurídicas que tienen impagos tributarios o procesos administrativos de cobro abiertos.
Los perfiles más frecuentes son:
- Contribuyentes con impuesto de renta o IVA pendientes.
- Empresas con obligaciones fiscales vencidas.
- Personas con procesos de cobro activos sin acuerdos de pago vigentes.
¿Cómo saber si está en mora?
Para saber si se está en mora, es importante ingresar al sistema Muisca de la Dian, a través de la identificación. También se debe revisar las notificaciones oficiales recibidas o comunicarse con las líneas de atención.
Recomendaciones para evitar el embargo
Asimismo, el ciudadano o empresa debe formalizar acuerdos de pago en caso de que tenga saldos atrasados, así como tener actualizados los datos personales y fiscales.



