DIAN ajusta calendario tributario por nuevo festivo del 13 de julio de 2026
DIAN ajusta calendario tributario por nuevo festivo 2026

Nuevo festivo en Colombia: 13 de julio de 2026

En 2026, Colombia incorpora un nuevo día festivo: el lunes 13 de julio, en conmemoración del Día Nacional de Nuestra Señora del Rosario de Chiquinquirá. Aunque la fecha oficial establecida por la Ley 2578 de 2026 es el 9 de julio, el descanso se traslada al lunes siguiente gracias a la Ley Emiliani, generando así un nuevo puente festivo. Este cambio tiene diversas implicaciones, entre ellas ajustes en el calendario tributario.

Obligaciones tributarias afectadas

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó las nuevas fechas que los contribuyentes deben considerar tras este cambio. Las obligaciones comprometidas son: el impuesto nacional al consumo, la segunda cuota del impuesto sobre la renta de personas jurídicas, la presentación y pago del anticipo del Régimen Simple de Tributación, el IVA bimestral y la retención en la fuente.

Nuevas fechas según el último dígito del NIT

Cada una de estas obligaciones deberá cumplirse en las siguientes fechas, de acuerdo con el último dígito del NIT:

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  • NIT 1: 9 de julio
  • NIT 2: 10 de julio
  • NIT 3: 14 de julio
  • NIT 4: 15 de julio
  • NIT 5: 16 de julio
  • NIT 6: 17 de julio
  • NIT 7: 21 de julio
  • NIT 8: 22 de julio
  • NIT 9: 23 de julio
  • NIT 0: 24 de julio

Plazos especiales para ciertos impuestos

La DIAN detalló que “los responsables de los impuestos: bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados, gasolina y ACPM, carbono, IVA para prestadores de servicios desde el exterior y personas no residentes o entidades no domiciliadas en el país con presencia económica significativa (PES), deben cumplir con estas obligaciones a más tardar el próximo 15 de julio, independientemente del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT)”.

Llamado de la DIAN a los contribuyentes

La dirección hizo un llamado a los contribuyentes a verificar de manera oportuna las nuevas fechas. También resaltó que los demás plazos establecidos en el calendario tributario se mantienen vigentes y sin modificaciones.

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