Corte Suprema ratifica condena por intento de homicidio contra mujer que rechazó aborto
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó de manera definitiva la condena de 162 meses y 10 días de prisión contra Santiago Zuluaga Ossa por el delito de homicidio en grado de tentativa. Los hechos, ocurridos el 4 de octubre de 2015 en el municipio de El Retiro, Antioquia, involucraron un violento ataque contra Paula Andrea Gutiérrez Echeverri, quien se negó a consumir pastillas abortivas que su pareja le había proporcionado.
El ataque en el río Pantanillo: detalles de la agresión
Según el expediente judicial, la discusión se desencadenó cuando Gutiérrez comunicó a Zuluaga su sospecha de embarazo y rechazó consumir los medicamentos abortivos. "Él iba a hacer lo que fuera para que no tuviera ese bebé", advirtió el hombre, según el testimonio de la víctima. Durante un encuentro junto al río Pantanillo, Zuluaga insistió sobre el aborto y, ante la negativa de la mujer, procedió al ataque.
La víctima relató en el juicio: "Sacó una bolsa, la bolsa recuerdo que era blanca, y cogió la bolsa y estiró la bolsa y yo obviamente, o sea, yo me asusté". Zuluaga se abalanzó sobre ella, apretándole el cuello con la bolsa plástica hasta que perdió el conocimiento, pese a sus intentos de defensa.
El rescate y la evidencia médica contundente
Gutiérrez despertó sumergida en las aguas del río Pantanillo, "apenas podía sacar la cabeza para gritar y todo mi cuerpo estaba sumergido en el agua". Dos testigos, Jesús Daniel Hernández Román y David Alejandro Román Hernández, la rescataron mientras se aferraba a una piedra, presentando una herida sangrante en la cabeza y marcas evidentes en el cuello.
La médica Lizeth Marín Gómez, del hospital San Juan de Dios, documentó hipotermia y lesiones cervicales consistentes con una "maniobra asfíctica". Esta evidencia física resultó crucial para el caso, demostrando la gravedad del ataque independientemente de otras circunstancias.
Recorrido judicial: de la absolución a la condena definitiva
El proceso judicial tuvo varios giros:
- En 2019, el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Rionegro emitió un fallo absolutorio, dudando sobre la veracidad del embarazo.
- En 2021, la Sala Penal del Tribunal Superior de Antioquia revocó esa decisión, reconociendo la gravedad de la agresión.
- Finalmente, en 2024, la Corte Suprema confirmó la condena, estableciendo un precedente importante.
El alto tribunal argumentó que "así la joven mintiera sobre el estado de embarazo, tal circunstancia no implica que mintiera acerca de la grave agresión de la que fue víctima". La sentencia priorizó la correspondencia entre testimonios y lesiones físicas corroboradas por peritos, desestimando dudas sobre aspectos colaterales del caso.
Implicaciones del fallo para casos de violencia de género
Esta decisión judicial refuerza varios principios importantes en la lucha contra la violencia de género en Colombia:
- Valoración de la evidencia física: La Corte estableció que las lesiones documentadas médicamente tienen peso determinante, incluso cuando existen dudas sobre otros elementos del caso.
- Protección a víctimas: El fallo envía un mensaje claro sobre la protección judicial a mujeres que sufren violencia, independientemente de circunstancias personales o relacionales.
- Responsabilidad penal: Se confirma que intentos de homicidio en contextos de violencia de género serán sancionados con penas significativas.
El caso de Santiago Zuluaga Ossa representa un hito en la jurisprudencia colombiana, donde la justicia priorizó la integridad física de la víctima sobre consideraciones secundarias, marcando un precedente para futuros procesos similares en el país.



