Corte Suprema: estudiar y enseñar en cárcel también reducen condena con regla 3x2
Corte Suprema: estudiar y enseñar también reducen condena

La Corte Suprema de Justicia emitió un fallo que transforma el sistema de redención de penas en Colombia. La Sala de Tutelas del alto tribunal determinó que la fórmula conocida como "3x2", establecida por la Ley 2466 de 2025, debe aplicarse no solo al trabajo dentro de los centros penitenciarios, sino también a las actividades de estudio y enseñanza realizadas por las personas privadas de la libertad.

Unificación de criterios judiciales

La decisión de la Corte Suprema busca unificar la interpretación que hasta ahora habían dado distintos jueces y tribunales del país. Algunos operadores judiciales estaban limitando el beneficio de la rebaja de pena exclusivamente a quienes realizaban labores laborales en prisión, excluyendo a quienes se dedicaban a estudiar o enseñar. Esta disparidad de criterios generaba una situación de desigualdad que la Corte consideró necesario corregir.

El caso que motivó el pronunciamiento fue el de una persona privada de la libertad que solicitó que las horas dedicadas al estudio se contabilizaran bajo la nueva regla. Tanto un juez como el Tribunal Superior de Medellín negaron la solicitud, argumentando que la ley solo aplicaba al trabajo. La Corte, al revisar el caso, concluyó que esta negativa vulneraba los derechos fundamentales a la igualdad y al debido proceso del recluso.

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Detalles de la fórmula 3x2

La Ley 2466 de 2025 introdujo un cambio significativo en el sistema de redención de penas. Mientras que la normativa anterior establecía que por cada dos días de trabajo se descontaba un día de condena, la nueva ley dispone que por cada tres días de actividad —ya sea trabajo, estudio o enseñanza— se redimen dos días de pena. Esto representa un beneficio más favorable para los reclusos que participan en estas actividades.

El magistrado Diego Corredor, ponente de la decisión, explicó que la Sala de Casación Penal recogió y unificó posiciones previas que habían sido expuestas desde diciembre del año pasado y marzo del presente año. "A partir de ahora, la decisión que jueces y magistrados deberán atender es la que se ha proferido de manera unificada", señaló Corredor, añadiendo que esto obliga a reconocer la redención por las tres actividades a quienes así lo soliciten.

Revisión de casos previos

La Corte no solo estableció el criterio hacia futuro, sino que también instó a los jueces y funcionarios judiciales a revisar aquellos casos en los que anteriormente se había negado la aplicación de la fórmula 3x2 por estudio o enseñanza. El magistrado Corredor enfatizó que las personas que fueron afectadas por decisiones contrarias pueden volver a solicitar el beneficio, y los jueces deben garantizar que todos reciban el mismo trato.

Este llamado a la revisión busca corregir situaciones de inequidad y asegurar que el espíritu de la Ley 2466 se cumpla en su totalidad. La redención de pena es un mecanismo que incentiva la resocialización de los reclusos, y la inclusión del estudio y la enseñanza como actividades válidas para la rebaja de condena refuerza ese objetivo.

Implicaciones de la decisión

El fallo de la Corte Suprema tiene un impacto directo en la población carcelaria del país. Ahora, los internos que dedican tiempo a formarse académicamente o a instruir a otros pueden ver reducida su estancia en prisión de manera más significativa. Esto no solo beneficia a los reclusos, sino que también contribuye a la disminución del hacinamiento en las cárceles y fomenta un ambiente de rehabilitación.

Expertos en derecho penal han destacado que la unificación de criterios evita la incertidumbre jurídica y garantiza que todos los reclusos tengan acceso a los mismos beneficios, independientemente del juez o tribunal que conozca su caso. La decisión también envía un mensaje claro sobre la importancia de la educación como herramienta de transformación social, incluso en contextos de privación de la libertad.

En resumen, la Corte Suprema ha establecido que la fórmula 3x2 se aplica por igual al trabajo, el estudio y la enseñanza, y ha ordenado a los jueces revisar los casos donde se haya negado este beneficio. La medida representa un avance en la protección de los derechos de las personas privadas de la libertad y en la promoción de su reinserción en la sociedad.

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