La Corte Suprema de Justicia de Colombia acaba de zanjar la discusión sobre si una persona privada de la libertad puede rebajar su pena por estudio y enseñanza, y no solo por trabajar. El alto tribunal resolvió las controversias jurídicas surgidas tras la expedición de la reforma laboral, específicamente de la norma que modificó la fórmula de redención de pena y estableció que por cada tres días de actividad se reconocerán dos días de rebaja de pena.
Unificación del criterio de redención
La Sala de Casación Penal decidió unificar el criterio y dejar claro que la fórmula de "3x2" debe aplicarse a todas las actividades de resocialización: trabajo, estudio y enseñanza. Esto, teniendo en cuenta que el Código Penitenciario y Carcelario contemplaba un día de redención por cada dos días de trabajo.
La decisión mantiene las intensidades horarias diferenciadas previstas en el Código Penitenciario: ocho horas diarias para trabajo, seis para estudio y cuatro para enseñanza. De esta forma, se garantiza que los internos puedan acceder a los beneficios de redención sin importar el tipo de actividad que realicen.
Revisión de casos anteriores
El alto tribunal precisó que este criterio también debe beneficiar a las personas privadas de la libertad cuyas solicitudes de redención ya habían sido negadas anteriormente. Por eso, la Corte Suprema de Justicia de Colombia hizo un exhorto a los jueces de ejecución de penas del país para revisar, de oficio o a petición de parte, los casos en los que pueda aplicarse esta nueva interpretación.
Semanas atrás, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de Colombia emitió un fallo que generó todo un debate jurídico tras estudiar tres tutelas contra juzgados de ejecución de penas de Bogotá, Antioquia y Popayán. Estos juzgados habían rechazado reconocer estos beneficios bajo el argumento de que la norma solo permitía redimir tiempo de prisión por trabajo.
Impacto de la reforma laboral
La reforma laboral introdujo cambios significativos en el sistema de redención de penas, buscando incentivar la resocialización de los internos. Con esta unificación, la Corte Suprema asegura que todos los esfuerzos educativos y de enseñanza sean valorados de la misma manera que el trabajo, promoviendo así una reintegración más efectiva a la sociedad.
Los jueces de ejecución de penas deberán ahora ajustar sus decisiones conforme a este nuevo criterio, lo que podría beneficiar a un número considerable de reclusos que habían visto negadas sus solicitudes de redención por estudio o enseñanza.



