Procuraduría destituye e inhabilita por 17 años a docente indígena por abuso sexual a estudiantes
Docente indígena destituido 17 años por abuso sexual a estudiantes

Procuraduría impone sanción ejemplar a docente indígena por abusos sexuales reiterados

En un fallo contundente que marca un precedente en la protección de menores en entornos educativos, la Procuraduría Regional de Juzgamiento de Risaralda ha ordenado la destitución e inhabilitación por diecisiete años del docente Maximiliano Queragama Baniama. El profesor, quien ejercía en una institución educativa indígena del municipio de Pueblo Rico, fue hallado responsable de cometer actos sexuales con al menos cinco de sus estudiantes entre los años 2020 y 2022.

Una conducta abusiva sistemática y aprovechamiento de autoridad

Según la decisión de primera instancia del ente de control, el educador aprovechó de manera reiterada su posición de autoridad para someter a las menores a conductas abusivas. Las investigaciones determinaron que, además de los actos sexuales, el docente expuso a las estudiantes a material de contenido sexual dentro de las instalaciones de la escuela, agravando aún más la vulneración de sus derechos.

El Ministerio Público enfatizó que el proceso disciplinario se desarrolló con un enfoque de género riguroso, siguiendo las recomendaciones específicas para casos de violencia sexual. Este enfoque se vio reforzado por el hecho de que las víctimas pertenecen a una comunidad indígena, grupo poblacional que recibe una protección especial por parte del Estado colombiano debido a su condición de vulnerabilidad histórica.

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Una falta gravísima que ameritó la máxima sanción

En su resolución, la Procuraduría concluyó de manera categórica que las acciones del profesor Queragama Baniama vulneraron gravemente la dignidad y la integridad sexual de las alumnas. El ente determinó que con su conducta, el docente se alejó por completo del cumplimiento de sus deberes éticos y profesionales, por lo que calificó los hechos como "falta disciplinaria gravísima cometida a título de dolo".

Esta calificación jurídica refleja la intencionalidad y gravedad de los actos, justificando así la imposición de la sanción máxima contemplada en el régimen disciplinario. La inhabilitación por casi dos décadas garantiza que el individuo no podrá ejercer funciones públicas durante ese extenso período, protegiendo a futuras generaciones de estudiantes.

El caso, que ha conmocionado a la comunidad educativa de Pueblo Rico, destaca la importancia de los mecanismos de control y sanción frente a delitos sexuales en entornos escolares, especialmente en comunidades con factores de vulnerabilidad añadidos. La Procuraduría reafirma con este fallo su compromiso con la erradicación de la violencia de género y la protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia colombianas.

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