Wadith Manzur recusa al magistrado Héctor Alarcón por trato desigual en medida de aseguramiento
Manzur recusa a magistrado Alarcón por trato desigual

La defensa del congresista Wadith Manzur presentó una recusación contra el magistrado Héctor Javier Alarcón, de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, por presunta pérdida de imparcialidad en la decisión que avaló la medida de aseguramiento en su contra. Manzur, senador electo, se encuentra detenido en la Escuela de Carabineros de Bogotá, señalado por su presunta participación en el entramado de corrupción que habría desviado recursos de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Los argumentos de la recusación

El punto de partida de la recusación es la aclaración de voto del magistrado Alarcón en la providencia del 14 de abril de 2026. En esa decisión, Alarcón respaldó la detención preventiva de Manzur al advertir un supuesto riesgo para la comunidad, basándose, entre otros elementos, en un documento hallado durante un allanamiento a la vivienda de la exasesora Andrea Carolina Ramírez Oliveros. Según el magistrado, ese documento evidenciaría posibles relaciones clientelares entre el Ministerio de Hacienda y el Congreso.

Sin embargo, la defensa de Manzur subraya que el documento en cuestión no menciona al congresista. Por el contrario, aparecen los nombres de otros legisladores, como Liliana Bitar y Juan Pablo Gallo. A pesar de ello, la defensa sostiene que el magistrado no justificó medidas de aseguramiento contra ellos, mientras que sí lo hizo en el caso de Manzur, lo que configura un trato desigual e injustificado.

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Cambio de postura del magistrado

Otro punto señalado por la defensa es un cambio de postura del magistrado. En una decisión del 24 de julio de 2025, Alarcón había votado en contra de imponer medida de aseguramiento. Para la defensa, este giro en su posición carece de explicación y se apoya en lo que califican como "anomalías valorativas".

Uno de los alegatos sostiene que el magistrado avaló inferencias sobre la existencia de una organización criminal para sustentar el peligro para la comunidad, pese a que la propia Sala había concluido, en la decisión de 2025, que no existían elementos que permitieran siquiera inferir vínculos de los investigados con estructuras criminales.

Valoración selectiva de pruebas

La defensa también señala que, en su aclaración de voto, Alarcón mencionó un encuentro entre Manzur y María Alejandra Benavides, en el que el congresista habría dicho "ahí no hay nada", interpretando esa frase como un intento de incidir en su declaración. La defensa recalca que ese encuentro ocurrió en un espacio público y por iniciativa de la propia Benavides.

Sin embargo, la defensa advierte que el magistrado guardó silencio frente a otro hecho que consideran más grave: la visita de la también coacusada Liliana Bitar a un apartamento, donde, según consta en el expediente, habría pedido borrar conversaciones de WhatsApp. Ese episodio no fue valorado ni produjo consecuencias en la medida de aseguramiento dictada únicamente contra los dos congresistas reelegidos: Manzur y Karen Manrique.

Para la defensa, esta diferencia en la valoración de hechos similares, e incluso más graves en el caso de la coacusada, evidencia un doble rasero que vulnera el principio de igualdad procesal y pone en entredicho la imparcialidad del magistrado.

Consecuencias de la recusación

Esta recusación suspende el trámite de los recursos de impugnación contra la acusación de los seis congresistas procesados: Manzur, Manrique, Juan Pablo Gallo, Liliana Bitar, Julián Peinado y el excongresista Juan Diego Gómez. La resolución de estos recursos estaba prevista para la Sala de este 23 de abril.

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