Tribunal niega tutela contra doble nacionalidad de Abelardo De La Espriella
Tribunal niega tutela por doble nacionalidad de De La Espriella

El Tribunal Superior de Bogotá negó la acción de tutela con la que se pretendía cuestionar la posibilidad de que el presidente electo de Colombia, Abelardo De La Espriella, ejerciera el cargo por tener doble nacionalidad, incluida la estadounidense. La decisión concluyó que no existió vulneración de derechos fundamentales por parte del Consejo Nacional Electoral (CNE) ni de la Registraduría Nacional del Estado Civil al permitir su participación en la contienda presidencial.

Detalles de la acción de tutela

La acción constitucional fue presentada contra el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría. En ella se argumentó que la participación de De la Espriella en las elecciones vulneraba derechos relacionados con la participación política y la supremacía constitucional, al considerar que su doble nacionalidad le impediría acceder a la Presidencia de la República.

Sin embargo, la Sala Quinta de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá concluyó que las autoridades electorales actuaron conforme a la Constitución y la ley al permitir la inscripción y participación del hoy presidente electo.

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Argumentos del Tribunal

Sobre el fondo del debate, el Tribunal precisó que la doble nacionalidad no constituye, por sí sola, una inhabilidad para un colombiano por nacimiento. La corporación también tuvo en cuenta la jurisprudencia de la Corte Constitucional, según la cual adquirir una segunda nacionalidad no implica perder la ciudadanía colombiana, los derechos políticos ni la posibilidad de desempeñar cargos públicos cuando la Constitución no establece una prohibición expresa.

Tras conocerse la decisión, el abogado Germán Calderón España explicó que el fallo ratifica el alcance de las normas constitucionales sobre la materia. “Esta decisión confirma que la Constitución no establece una prohibición para que un colombiano por nacimiento aspire a la Presidencia de la República por el hecho de tener otra nacionalidad. La inhabilidad opera únicamente en los eventos expresamente señalados por la Carta Política y no puede extenderse a situaciones que no están contempladas”, afirmó.

Impacto de la decisión

Este fallo despeja el camino para que Abelardo De La Espriella asuma la Presidencia el próximo 7 de agosto, sin que su doble nacionalidad sea un obstáculo legal. La decisión sienta un precedente sobre la interpretación de las inhabilidades constitucionales para cargos de elección popular.

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