Tras ocho años de intensa disputa legal, un tribunal español ha dado por finalizada la última causa que la cantante colombiana Shakira mantenía abierta con la Agencia Tributaria Española (AEAT). La Audiencia Nacional emitió una sentencia que otorga la razón de manera rotunda y categórica a la artista, representada durante estos años por un equipo legal liderado por José Luis Prada.
Detalles del fallo
El tribunal español anuló una multa correspondiente a la tributación del ejercicio fiscal de 2011 y ordenó a Hacienda devolver aproximadamente 60 millones de euros (70 millones de dólares). Según la sentencia, la administración española no logró acreditar que Shakira hubiera permanecido en el país más de 183 días durante ese año, requisito indispensable para tributar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
La Audiencia Nacional estimó el recurso presentado por la artista contra una resolución previa de la Agencia Tributaria y el Tribunal Económico Administrativo Central, anulando las liquidaciones y sanciones aplicadas en relación con los impuestos sobre la renta y el patrimonio de aquel año. El caso, resuelto por la vía administrativa, se centraba en una cantidad de algo más de 55 millones de euros (64 millones de dólares) reclamados a la cantante. Sin embargo, su equipo legal calcula que la cantidad total a devolver supera los 60 millones de euros al incluir intereses y costas judiciales.
Comunicado oficial
Según un comunicado difundido por la agencia de comunicación Llorente y Cuenca, que representa a Shakira, se trata de la última cuenta pendiente que la artista tenía en España tras ocho años de litigio. El texto califica el proceso como “una persecución injusta para ella”.
“La causa contra Shakira desde el 2011 ha sido el ejemplo más flagrante de la presión que la Hacienda española ha ejercido sobre la cantante. Resulta incomprensible que la AEAT la persiguiera desde entonces cuando todas las evidencias demostraban claramente que era materialmente imposible que la cantante pasase en España el tiempo legal exigido. En 2011, Shakira se encontraba de gira por todo el mundo, llegando a dar 120 conciertos en 37 países distintos. No tenía en España casa, ni hijos, ni nunca tuvo su centro de negocios en este país; aun así, la Agencia la persiguió y la obligó a pagar por todas las ganancias de dicha gira sin tener en cuenta sus gastos, resultando en grandes pérdidas y una persecución injusta e infundada con terribles consecuencias para ella”, señaló el comunicado emitido por la oficina de la artista a los medios.
Reacción de la Agencia Tributaria
Por su parte, fuentes de la Agencia Tributaria recordaron que Shakira ya aceptó en conformidad las condenas por delitos contra Hacienda para los años 2012-2014, y añadieron que la sentencia, conocida este lunes, será recurrida ante el Tribunal Supremo.
Hace unos días, un juzgado de Barcelona archivó la segunda causa penal que Shakira tenía abierta por un supuesto fraude de 6,6 millones de euros (7,7 millones de dólares) en 2018, después de que la Fiscalía y las demás acusaciones así lo pidieran. Se remitió a la cantante a la vía administrativa para que se pusiera al corriente con sus obligaciones tributarias.
En 2024, Shakira aceptó una multa de 7,8 millones de euros (9 millones de dólares) al reconocer judicialmente que defraudó 14,5 millones de euros (17 millones de dólares) a Hacienda entre 2012 y 2014, gracias a un pacto con la acusación. Esto le evitó un largo proceso judicial que podría haber terminado en una condena de prisión.
El caso de 2011: sin vínculo conyugal con Gerard Piqué
En este caso, relativo al año 2011, la Agencia Tributaria actuó contra Shakira al considerar que no había tributado por el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio, pues alegaba que vivía fuera del país cuando, según Hacienda, sí era residente fiscal en España y, por tanto, estaba obligada a tributar. El lugar de residencia de la cantante colombiana durante ese año fue el principal objeto de análisis de la Audiencia Nacional, que concluyó que “no ha quedado acreditado” que Shakira tuviese su domicilio fiscal en España entonces. Por tanto, “es obvio que las liquidaciones” y las consiguientes sanciones impuestas “son contrarias a derecho”.
Más concretamente, la justicia determinó que la estancia de la artista en España fue de 163 días, no de más de 183 como exige la ley, y aseguró que la administración no probó que tuviera el núcleo de sus intereses económicos en España ni relaciones familiares con residentes en el país. La administración había argumentado que Shakira mantenía una relación sentimental con un residente español, el exfutbolista Gerard Piqué. Sin embargo, el tribunal explicó que no existía “vínculo conyugal” en 2011 (ambos nunca se casaron), ni tampoco “hijos menores” residentes en España. Es decir, “no existía un núcleo familiar a efectos legales de una persona extranjera”.



