Cambio de EPS tras traslado obligatorio: derechos de afiliados y restricciones según nuevo decreto
Cambio de EPS tras traslado obligatorio: derechos y restricciones

Cambio de EPS tras traslado obligatorio: derechos de afiliados y restricciones según nuevo decreto

La expedición del Decreto 0182 del 25 de febrero de 2026 ha generado múltiples interrogantes en el sistema de salud colombiano, al modificar aspectos fundamentales del funcionamiento de las EPS en medio de la crisis que atraviesa el sector. Entre las medidas más significativas se encuentra la implementación de un límite en el número de EPS que pueden operar según la densidad poblacional, lo que derivará en traslados masivos de afiliados desde entidades con menor cobertura.

¿Qué pueden hacer los afiliados tras el traslado obligatorio?

El decreto establece que los usuarios que sean trasladados de manera obligatoria a otra EPS deberán permanecer en esa entidad durante al menos 60 días calendario, contando fines de semana y festivos, antes de poder solicitar un nuevo cambio. Solo después de cumplido este plazo podrán iniciar el trámite correspondiente para cambiar nuevamente de EPS.

Sin embargo, esta posibilidad de cambio posterior presenta importantes limitaciones. El usuario únicamente podrá solicitar el traslado hacia una entidad que esté habilitada en su departamento o municipio, lo que significa que no podrá escoger libremente cualquier EPS del país, sino solo aquellas con autorización para operar en su territorio específico.

Casos donde el cambio no es posible

La situación se vuelve más restrictiva en aquellos municipios donde, tras la reorganización establecida por el decreto, quede habilitada una sola EPS. En estos casos, la opción de cambio será inexistente y los afiliados deberán permanecer en la entidad asignada, sin alternativa de traslado dentro del mismo territorio.

Otro aspecto que ha generado incertidumbre es que el decreto no precisa cuántos usuarios serían trasladados ni especifica a cuáles EPS serían reasignados. Lo que sí establece claramente es que se dará prioridad a las entidades autorizadas que tengan menor participación en cada municipio, con el objetivo de equilibrar la distribución de afiliados en el territorio nacional.

Impacto estimado en el sistema de salud

Expertos en materia de salud han realizado estimaciones preliminares que indican que el decreto podría ocasionar el traslado de más de dos millones de afiliados a la Nueva EPS, siendo esta la entidad más grande del país y con mayor cobertura territorial. Esta redistribución masiva tendría un impacto significativo en la estructura del sistema.

Por otro lado, EPS de menor capacidad como Sanitas, Sura, Salud Total o Famisanar verían mermado considerablemente su número de afiliados como consecuencia directa de la implementación del Decreto 0182. Esta redistribución forzada ha generado preocupación entre expertos y gremios del sector, quienes advierten sobre posibles afectaciones a la libertad de elección de los usuarios en varias regiones del país.

Reacciones y perspectivas futuras

La medida ha generado todo tipo de reacciones entre expertos, gremios y la comunidad en general, quienes han anunciado posibles consecuencias y han cuestionado abiertamente qué pasará con los afiliados que no deseen ser trasladados de una EPS a otra. La falta de especificidad en algunos aspectos del decreto añade un componente adicional de incertidumbre al proceso.

Mientras tanto, los usuarios del sistema de salud colombiano deberán prepararse para estos cambios estructurales, comprendiendo tanto sus derechos como las limitaciones que impone la nueva normativa. El período de transición promete ser complejo, con ajustes significativos en la prestación de servicios médicos a nivel nacional.