Gobierno expide decreto para reorganizar aseguramiento en salud y aclara sobre traslados
El Gobierno nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, expidió el Decreto 0182 de 2026, una norma que busca reorganizar el modelo de aseguramiento en salud en Colombia. La medida tiene como objetivo principal garantizar la continuidad en la atención de los usuarios en todo el territorio nacional, corrigiendo fallas estructurales que han afectado al sistema durante años.
Rechazo a interpretaciones de traslados masivos
La cartera de Salud rechazó enfáticamente las interpretaciones que señalan que el decreto implicaría traslados masivos y arbitrarios de afiliados entre las Entidades Promotoras de Salud (EPS). Según explicó el Ministerio, la norma establece mecanismos técnicos de asignación de afiliados únicamente cuando una EPS no garantiza condiciones adecuadas de operación en un territorio específico.
"No se trata de un traslado masivo ni arbitrario de usuarios", precisó el Ministerio, al destacar que el objetivo es evitar interrupciones en la prestación de servicios de salud. La medida se orienta a proteger el derecho fundamental a la salud, bajo criterios de sostenibilidad, acceso efectivo y organización territorial del aseguramiento.
Condiciones para la asignación de afiliados
De acuerdo con el Gobierno, la asignación de afiliados solo se aplicará en casos excepcionales, cuando una EPS demuestre falta de capacidad operativa o financiera en un territorio determinado. En esas situaciones, el Estado podrá activar mecanismos de asignación para asegurar que los usuarios continúen recibiendo atención sin interrupciones.
El Ministerio recordó que la continuidad del servicio es un mandato constitucional, por lo que la atención no puede suspenderse por dificultades administrativas o financieras de las entidades aseguradoras.
Preservación de la libre escogencia
La cartera aclaró que el decreto no elimina el derecho de libre escogencia de EPS, sino que establece condiciones para su ejercicio dentro de una oferta real de servicios. "La libre escogencia se preserva dentro de condiciones reales de prestación del servicio", explicó la entidad, señalando que este principio debe garantizar acceso oportuno y continuidad en la atención, tal como lo establece la Ley Estatutaria de Salud.
Además, el Ministerio enfatizó que las asignaciones previstas en el decreto tienen carácter temporal. Los usuarios podrán volver a ejercer su derecho de traslado entre EPS una vez se estabilicen las condiciones de atención en su territorio.
Fortalecimiento del sistema y criterios técnicos
El decreto introduce criterios técnicos para organizar la operación del sistema de aseguramiento, basándose en análisis objetivos como:
- Evaluación de la población cubierta
- Capacidad operativa de las EPS
- Sostenibilidad financiera de las entidades
- Organización territorial del servicio
La Superintendencia de Industria y Comercio evaluó el contenido del decreto y concluyó que no introduce restricciones arbitrarias a la competencia entre entidades aseguradoras. Según el análisis, la norma responde a un diagnóstico técnico sobre las debilidades del modelo de aseguramiento y busca fortalecer la estabilidad del sistema en todo el país.
Medidas para zonas rurales y ciudades principales
La normativa también contempla medidas específicas para fortalecer la atención en zonas rurales y rurales dispersas, así como en ciudades principales. El objetivo es mejorar la prestación de servicios en los centros de salud correspondientes y garantizar acceso oportuno a medicamentos y otros servicios esenciales en todas las regiones del país.
El decreto establece tiempos de preparación obligatorios para que las EPS receptoras puedan asumir nuevos afiliados sin afectar la continuidad de la atención, asegurando que cumplan con condiciones operativas, financieras y de red suficientes para brindar un servicio de calidad.
