Consejo de Estado anula elección de Jorge Carrillo como presidente de ISA por irregularidades
Anulan elección de presidente de ISA por vicios en proceso

Consejo de Estado declara nula la elección de presidente de ISA por graves irregularidades

En una decisión de gran trascendencia para el sector energético colombiano, la Sección Quinta del Consejo de Estado declaró la nulidad absoluta de la elección de Jorge Andrés Carrillo Cardoso como presidente de Interconexión Eléctrica SA ESP, conocida como ISA. La sentencia, proferida el 26 de febrero de 2026, establece que el proceso de selección estuvo viciado desde su origen, afectando principios constitucionales fundamentales.

Vicios procesales que determinaron la nulidad

El alto tribunal encontró múltiples irregularidades que configuraron lo que jurídicamente se conoce como "vicios de expedición irregular". Entre las principales anomalías documentadas se encuentran:

  • Modificación sustancial de criterios de evaluación cuando el proceso ya estaba avanzado, lo que benefició desproporcionadamente al señor Carrillo.
  • Exceso de funciones por parte de la Junta Directiva, que asumió tareas técnicas correspondientes exclusivamente al Comité de Talento Organizacional.
  • Desatención injustificada de los resultados de evaluación realizados por la firma cazatalentos contratada para el proceso.

Estas irregularidades tuvieron un impacto concreto: mientras en la primera calificación el demandado ocupaba los últimos lugares entre los aspirantes, tras las modificaciones arbitrarias ascendió a las primeras posiciones, mientras otros candidatos vieron disminuidas sus puntuaciones.

Vulneración del principio de moralidad administrativa

El Consejo de Estado fue contundente al señalar que estas prácticas vulneraron el principio de moralidad administrativa consagrado en el artículo 209 de la Constitución Política. Los miembros del órgano directivo de ISA tenían la obligación de actuar con integridad, objetividad y sujeción a las normas establecidas, principios que fueron claramente transgredidos durante todo el proceso.

"Estas irregularidades vulneraron el principio de moralidad administrativa, en la medida en que los miembros del órgano de dirección debieron actuar con integridad, objetividad y sujeción", señaló explícitamente la sentencia, destacando la gravedad de las fallas encontradas.

Consecuencias y medidas ordenadas por el tribunal

Tras declarar la nulidad, la Sección Quinta del Consejo de Estado moduló los efectos de su decisión, ordenando medidas concretas para corregir las irregularidades:

  1. Retomar el procedimiento de selección desde el momento anterior a la modificación de la matriz de evaluación.
  2. Utilizar como base el listado aprobado por el Comité de Talento Organizacional en las sesiones del 23 y 24 de enero de 2024.
  3. Excluir a los participantes que se retiraron voluntariamente del proceso.
  4. Aplicar estrictamente las reglas definidas en el protocolo aprobado los días 5 y 11 de enero de 2024.

El tribunal también precisó aspectos importantes sobre los requisitos de elegibilidad, señalando que el demandado sí cumplía con el requisito general de 15 años de experiencia exigido para la presidencia de ISA. Asimismo, aclaró que la existencia de investigaciones penales en etapa de indagación no constituye causal de exclusión, en respeto al principio de presunción de inocencia establecido en el artículo 29 constitucional.

Implicaciones para el sector energético colombiano

Esta decisión judicial tiene profundas implicaciones para ISA, una de las empresas de infraestructura más importantes de la región. La compañía, que opera en múltiples países latinoamericanos, deberá ahora reiniciar su proceso de selección presidencial bajo estrictos parámetros de transparencia y legalidad.

El fallo del Consejo de Estado establece un precedente significativo sobre los procesos de selección en empresas públicas y mixtas, reforzando la necesidad de que estos se desarrollen con absoluta observancia de los principios constitucionales y administrativos que rigen la función pública en Colombia.