Día cívico decretado por Petro altera plazos tributarios para 2026
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) informó oficialmente que el día cívico establecido por el presidente Gustavo Petro para el tercer viernes de abril de 2026, que corresponde al 17 de ese mes, generará modificaciones significativas en el calendario tributario nacional. Esta medida, implementada mediante decreto gubernamental, afectará directamente las obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables tributarios en todo el país.
Cambios en los vencimientos tributarios
Según la comunicación oficial de la Dian, cuando el vencimiento de una obligación tributaria coincida con el 17 de abril de 2026, declarado día no laborable para entidades del orden nacional, el plazo para cumplir con dicha obligación se trasladará automáticamente al siguiente día hábil. Esta disposición se aplica conforme a la normatividad vigente sobre cómputo de términos tributarios y tiene implicaciones más amplias de lo que podría parecer inicialmente.
"El impacto no se limita únicamente a las obligaciones que vencen el 17 de abril de 2026, sino que se extiende a los plazos posteriores", explicó la autoridad tributaria. Esto ocurre porque los términos establecidos en el calendario tributario están definidos en días hábiles, por lo que al declararse no hábil esa fecha específica, se corren todos los plazos posteriores en la secuencia establecida.
Obligaciones tributarias afectadas
La modificación de fechas incide en varias obligaciones tributarias de gran relevancia para los contribuyentes colombianos:
- Declaración y pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2025 para grandes contribuyentes
- Declaración y pago mensual de la retención en la fuente del año 2026
- Declaración anual de Presencia Económica Significativa (PES)
- Declaración anual y pago del Régimen Simple de Tributación (RST)
En todos estos casos, los vencimientos originalmente previstos para el 17 de abril o para fechas posteriores se trasladarán al siguiente día hábil, conforme al corrimiento de términos establecido por la normativa tributaria.
Recomendaciones de la Dian para contribuyentes
La entidad tributaria hizo un llamado especial a los contribuyentes para que verifiquen las nuevas fechas exactas de cumplimiento, ya que el ajuste del calendario depende del orden consecutivo de los vencimientos establecidos. "Es importante tener en cuenta que los términos están fijados en días hábiles", reiteró la Dian en su comunicación oficial.
Para facilitar esta consulta, la autoridad tributaria invitó a revisar el calendario tributario actualizado del año gravable 2025, disponible en su sitio web oficial. Esta actualización refleja todos los cambios derivados del día cívico y permite identificar con precisión los nuevos plazos para cada obligación específica.
Finalmente, la Dian recomendó "planear con anticipación el cumplimiento de las obligaciones tributarias", sugiriendo a los contribuyentes revisar cuidadosamente los ajustes calendarios para evitar retrasos o incumplimientos derivados del corrimiento de fechas. Esta planificación anticipada resulta particularmente importante para las empresas y contribuyentes con múltiples obligaciones fiscales que podrían verse afectadas por esta modificación en el calendario tributario nacional.
