Canacol propone reestructurar contratos para mantener suministro de gas en Colombia
Canacol propone reestructurar contratos de gas en Colombia

La continuidad de Canacol Energy en el mercado colombiano entró en una nueva fase tras la autorización de la Corte de Alberta para terminar contratos de suministro y transporte de gas natural dentro de su proceso de reestructuración. Esta decisión traslada el futuro de su operación a la mesa de negociación con clientes y transportadores, donde la capacidad de la empresa para seguir abasteciendo gas dependerá de que las partes logren construir nuevos acuerdos comerciales acordes con su situación financiera y operativa. El tribunal mantuvo medidas para proteger a los consumidores regulados en Colombia y dejó en manos de las autoridades nacionales cualquier decisión relacionada con la aplicación del fallo en el país.

Renegociación de contratos marca el siguiente paso

La decisión emitida el 24 de junio por el juez Colin C.J. Feasby representa un avance dentro del proceso de reorganización que Canacol adelanta en Canadá. El fallo autoriza la terminación de contratos de suministro y transporte de gas natural, pero plantea que la continuidad de la operación dependerá de la capacidad de la empresa y de sus contrapartes para reemplazar esos acuerdos por nuevos esquemas comerciales, según informó la empresa.

En ese escenario, el mercado no regulado adquiere un papel central. Canacol explicó que, una vez autorizadas las terminaciones contractuales, el suministro de gas estará condicionado a la disposición de los compradores y de las empresas transportadoras para negociar contratos reestructurados que respondan a las condiciones actuales de producción y a la situación de insolvencia que enfrenta la compañía.

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La Corte prefirió una salida negociada

La propia Corte consideró que una salida negociada era preferible a una decisión judicial. Sin embargo, después de varias semanas de conversaciones sin resultados entre la empresa y sus contrapartes, el tribunal concluyó que era necesario autorizar la terminación de los contratos para permitir que el proceso de reorganización avanzara. En la decisión también se invita a las partes a retomar el diálogo.

El juez señaló que las condiciones contractuales vigentes dejaron de ser sostenibles debido al proceso de insolvencia y a la disminución en la producción de gas, razón por la cual alentó la búsqueda de nuevos acuerdos de buena fe que permitan mantener las relaciones comerciales bajo condiciones viables. Canacol informó que continuará promoviendo una solución comercial mientras solicita ante la Superintendencia de Sociedades el reconocimiento de las órdenes de terminación emitidas por la Corte canadiense.

Impacto en el abastecimiento energético

El tribunal también analizó el impacto que tendría la reorganización sobre el abastecimiento energético del país. Según el fallo, la reestructuración busca preservar e incrementar la producción de gas natural de Canacol en Colombia, mientras que la ausencia de ese proceso representaría un riesgo mayor para la continuidad del suministro. La empresa señaló que seguirá comercializando y entregando gas natural en la medida en que exista disponibilidad de producción y que las nuevas condiciones contractuales hagan posible desarrollar esa actividad.

Protección al mercado regulado y papel de Colombia

Uno de los elementos desarrollados por la Corte corresponde al funcionamiento del mercado colombiano de gas natural. Durante el proceso, el juez Feasby realizó un análisis específico sobre las características del sector y concluyó que su estructura difiere del mercado norteamericano, por lo que requería una evaluación independiente antes de adoptar cualquier decisión. Ese análisis llevó al tribunal a incorporar medidas dirigidas a proteger a los consumidores regulados, entre ellos los hogares y las pequeñas empresas.

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Durante la audiencia, Canacol manifestó que la terminación de los contratos de suministro no tendría efectos sobre los precios pagados por ese segmento del mercado. La Corte acogió ese planteamiento y ordenó que las decisiones de terminación fueran ajustadas para preservar las condiciones tarifarias aplicables a las empresas encargadas de atender el mercado regulado. Con ello, el fallo diferencia los efectos de la reorganización entre los usuarios regulados y las empresas que participan en el mercado no regulado, donde la continuidad del suministro dependerá de la celebración de nuevos contratos.

Reconocimiento internacional del proceso de insolvencia

El pronunciamiento también aborda el alcance internacional del proceso de insolvencia. La Corte recordó que tanto la Corte de Quiebras de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York como la Superintendencia de Sociedades de Colombia ya reconocieron el procedimiento bajo la CCAA como el proceso extranjero principal de la compañía. No obstante, el juez precisó que cualquier discusión relacionada con la Constitución colombiana, el orden público o el reconocimiento judicial de las órdenes de terminación deberá resolverse por las autoridades competentes en Colombia cuando esas decisiones busquen producir efectos dentro del territorio nacional.

Paralelamente, la empresa informó que la Superintendencia de Sociedades reconoció, mediante auto del 14 de mayo de este año, la Enmienda a la Segunda Providencia de Ratificación y Adición emitida por la Court of King's Bench of Alberta el pasado 5 de marzo. Esa decisión exime temporalmente a Canacol Energy Ltd. de presentar reportes ante la Superintendencia Financiera de Colombia, la Bolsa de Valores de Colombia y los sistemas de información para emisores mientras permanezca vigente el Período de Suspensión.