Campana de Abelardo De La Espriella pide suspender a Armando Benedetti
Piden suspender a Armando Benedetti desde campana de De La Espriella

Una nueva controversia sacude la campana electoral colombiana luego de que, desde el entorno del candidato Abelardo de la Espriella, se solicitara formalmente la suspension del ministro del Interior, Armando Benedetti. La peticion fue elevada ante la Procuraduria General de la Nacion mediante un documento fechado el 4 de mayo de 2026.

Detalles de la solicitud

La solicitud fue presentada por el abogado German Calderon Espana, quien actua como apoderado de Miguel Zarate, Vincenth Ramos y Santiago Giraldo. En el escrito, Calderon pide la apertura de una investigacion disciplinaria y la suspension provisional del ministro, argumentando posibles faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

Contenido de la carta

El documento senala que el 3 de mayo de 2026, Benedetti publico un mensaje en la red social X en el que califico como "criminales" a los poderdantes del abogado. Ademas, se cita una frase incluida en el mismo contexto: "van a ver (...) todo el que se ha metido conmigo en campana le va mal (...) cuidado la muerte gana", lo que, segun la denuncia, podria constituir una amenaza.

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La carta tambien sostiene que el ministro habria utilizado terminos como "bodegueros" para referirse a creadores de contenido, lo cual, segun el denunciante, configura un acto de discriminacion. Estos hechos son presentados como base para solicitar una actuacion disciplinaria inmediata.

Fundamento juridico

El sustento juridico de la peticion se apoya en normas constitucionales y disciplinarias. El abogado cita el articulo 277 de la Constitucion, que faculta al procurador Gregorio Eljach Pacheco para vigilar el cumplimiento de la ley, asi como el articulo 211 del Codigo General Disciplinario, que permite iniciar una investigacion cuando se identifica al posible autor de una falta.

Asimismo, se invoca el articulo 217 de la Ley 1952 de 2019, que contempla la suspension provisional de un servidor publico cuando existan elementos que indiquen que su permanencia podria interferir en la investigacion o permitir la reiteracion de la conducta. La denuncia tambien menciona posibles infracciones al articulo 39 del mismo codigo, relacionado con prohibiciones a los servidores publicos.

El documento argumenta que las conductas atribuidas a Benedetti podrian coincidir con la descripcion del delito de amenaza, segun el articulo 347 del Codigo Penal, al considerar que las declaraciones podrian generar alarma o intimidacion.

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