Por qué la DIAN no puede embargar tarjetas de crédito: razones clave
DIAN no puede embargar tarjetas de crédito: razones

En los últimos días ha circulado información errónea sobre un supuesto embargo de tarjetas de crédito por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a contribuyentes morosos. La entidad ha salido al paso para aclarar que esto no es posible, ya que las tarjetas de crédito no representan dinero del deudor, sino un cupo de crédito otorgado por el banco.

¿Qué dijo la DIAN sobre el embargo de tarjetas de crédito?

Ante la polémica generada por algunos medios, la DIAN emitió un comunicado explicando que los procesos de cobro coactivo solo proceden frente a obligaciones tributarias en mora, exigibles y previamente determinadas, conforme al Estatuto Tributario y con pleno cumplimiento del debido proceso. La entidad fue enfática: las tarjetas de crédito no pueden ser embargadas porque no son depósitos de dinero del contribuyente, sino mecanismos de financiación del banco.

Razones legales por las que las tarjetas de crédito no son embargables

De acuerdo con la normativa colombiana, las tarjetas de crédito no constituyen activos del deudor, sino cupos de crédito que pertenecen a la entidad financiera. Por lo tanto, no pueden ser objeto de medidas cautelares en procesos de cobro tributario. La DIAN puede embargar cuentas bancarias, CDTs, depósitos, cuentas por cobrar y bienes muebles e inmuebles, pero siempre bajo un procedimiento administrativo formal y con sustento legal.

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¿Qué sí puede embargar la DIAN?

La entidad puede decretar medidas cautelares sobre activos embargables del deudor, como cuentas bancarias, CDTs, depósitos, cuentas por cobrar y bienes muebles e inmuebles. Sin embargo, estas actuaciones no son automáticas ni masivas; requieren el cumplimiento de etapas legales dentro del proceso de cobro.

Llamado a verificar información oficial

La DIAN reiteró la importancia de consultar siempre la información a través de canales oficiales y verificar el contexto completo de los contenidos que circulan en medios y redes sociales, especialmente en temas tributarios que puedan generar interpretaciones erróneas o preocupación innecesaria.

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