El Gobierno de Colombia ordenó el cierre temporal de todos los pasos fronterizos terrestres y fluviales del país durante este fin de semana, con motivo de la segunda vuelta presidencial que se celebrará el domingo 21 de junio. En esta jornada electoral, los candidatos Iván Cepeda y Abelardo De la Espriella se enfrentarán en las urnas.
Decreto oficial y medidas de seguridad
La medida fue oficializada mediante el Decreto 0612 de 2026, que compila todas las disposiciones de orden público y seguridad para los comicios. La restricción comenzará a las 6:00 p. m. del sábado 20 de junio y se extenderá hasta las 6:00 a. m. del lunes 22 de junio, según informó Migración Colombia.
Gloria Esperanza Arriero López, directora general de Migración Colombia, señaló: “Esta decisión responde al compromiso del Estado con la protección de la seguridad nacional y las garantías para el ejercicio democrático”. Agregó que se trabaja en coordinación con la Policía Nacional y las Fuerzas Militares, y que solo se permitirán cruces excepcionales en casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente acreditados.
Restricciones adicionales durante la jornada electoral
Además del cierre fronterizo, el decreto establece pautas estrictas para el comportamiento ciudadano. Los alcaldes locales quedan facultados para prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes en sus jurisdicciones para prevenir alteraciones al orden público.
El domingo 21 de junio estará terminantemente prohibida cualquier manifestación política, entrevistas de promoción o distribución de propaganda electoral móvil, sonora o estática. La Policía incautará dicho material. Los ciudadanos solo podrán ingresar un papel de ayuda para votar de máximo 10 por 5,5 centímetros.
Entre las 8:00 a. m. y las 4:00 p. m., los votantes no podrán utilizar teléfonos celulares ni cámaras dentro de los puestos de votación, salvo para exhibir la cédula digital. Los periodistas identificados y los funcionarios del Ministerio Público quedan exceptuados de esta restricción.
Movilidad y transporte
El decreto también estipula que las empresas de transporte público terrestre e intermunicipal deberán operar al 100 % de su capacidad disponible para garantizar la movilidad de los electores hacia las urnas. Se prohíbe explícitamente cualquier restricción a la circulación de motocicletas durante el día de los comicios.



