Más de 7,5 millones de fotomultas bajo investigación en Colombia por irregularidades
Investigan 7,5 millones de fotomultas en Colombia

El Ministerio y la Superintendencia de Transporte, bajo las declaraciones de la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, anunciaron una investigación masiva que pone bajo la lupa a más de 7,5 millones de fotomultas en todo el país. La medida responde a graves irregularidades en la operación, calibración y autorización de las cámaras de fotodetección en diferentes ciudades colombianas.

Sentencia C-038 de 2020: derecho a devolución

Tras los pronunciamientos de la Corte Constitucional, especialmente la Sentencia C-038 de 2020, miles de ciudadanos que pagaron fotomultas injustas tienen ahora el derecho legal de exigir la devolución de su dinero. Entre los organismos investigados aparecen autoridades de tránsito de ciudades como Medellín, Cali, Bogotá, Barranquilla, Villavicencio, Cartagena, Bucaramanga, Valledupar, Montería, Sincelejo, Soledad, Sabaneta y Villa del Rosario, entre otros.

¿Quiénes pueden acceder a la devolución?

De acuerdo con la Sentencia C-038 de 2020, millones de conductores podrán acceder a la devolución del pago de la infracción o, en caso de no haberla cancelado, la anulación de esta. Sin embargo, no todos los sancionados aplican para este beneficio. Las autoridades investigadas podrían verse obligadas a devolver los recursos recaudados y además enfrentar sanciones equivalentes al doble de lo recaudado, lo que superaría los 2,1 billones de pesos, según señaló la ministra de Transporte, María Fernanda Rojas Mantilla.

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Requisitos para solicitar exoneración de pago de fotomultas

De acuerdo con la sentencia de la Corte Constitucional, los colombianos que consideren que pueden solicitar exoneración del pago de fotomultas deberán cumplir los siguientes requisitos en 2026:

  • Si no iba conduciendo: La sentencia C-038 de 2020 ampara el derecho a no pagar por infracciones de terceros. Se necesitarán pruebas de que no estaba en el lugar, como incapacidad médica, reporte de hurto del vehículo o registros laborales.
  • Si las cámaras no estaban autorizadas: Cuando una cámara de fotomulta no tiene señalización adecuada o está en lugares no autorizados.
  • Si hubo errores en la notificación: Cuando la notificación de la infracción no llega directamente a la dirección registrada en el RUNT dentro de los once días hábiles siguientes a la imposición de la multa.

Los conductores con multas vigentes (no pagadas) que tengan comparendos en estado de cobro y fueron captados por fotomultas que operaban sin los requisitos técnicos legales tienen derecho a la exoneración total de la deuda.

En cuanto a los conductores que ya cancelaron la multa, la devolución de los dineros recaudados por infracciones nulas no se ejecutará de forma automática. Dado que estos recursos ingresaron directamente a los presupuestos de las alcaldías y gobernaciones locales, cada ciudadano afectado debe radicar y sustentar un trámite individual ante la autoridad que impuso el comparendo.

¿Cómo reclamar la devolución del pago de fotomultas?

Para acceder a este beneficio, se deben seguir los siguientes pasos para un proceso eficaz. El éxito del reclamo radica en entender cómo se configura este derecho:

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  1. Verificación técnica del comparendo: Revise qué organismo emitió la multa, verifique los tiempos de la autoridad de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, y compruebe si la cámara que tomó la fotomulta era legal.
  2. Radicación del derecho de petición formal: Debe presentar un derecho de petición ante la Secretaría de Tránsito correspondiente. En el documento debe fundamentar explícitamente las fallas técnicas reportadas por el Ministerio de Transporte y la aplicación estricta de la Sentencia C-038 de 2020, alegando que la entidad vulneró su debido proceso al sancionarlo sin haber identificado plenamente que usted era el conductor infractor o siendo multado mediante una cámara ilegal.
  3. Seguimiento a los términos legales de respuesta: Una vez radicado el derecho de petición, la autoridad de tránsito dispone de un tiempo de alrededor de 15 días hábiles para resolver de fondo y notificar su decisión.
  4. Agotamiento de la vía administrativa o judicial: Solo en caso de que la Secretaría de Tránsito de su ciudad rechace la solicitud o niegue la devolución del dinero, usted deberá interponer el recurso de reposición y, en dado caso, la apelación dentro de los plazos legales establecidos.

Para tener en cuenta: en caso de pertenecer al grupo de conductores que ya ha cancelado la multa, debe adjuntar el comprobante del pago junto con los demás documentos en el proceso anterior.