Un reciente caso en un edificio del barrio Bolívar de Bucaramanga ha puesto nuevamente sobre la mesa los conflictos de convivencia en propiedades horizontales. En video quedó registrado un episodio donde un hombre amenazaba a una vecina, generando alarma entre los residentes por posibles hechos de violencia de género. Ante esta situación, expertos explican las medidas que se pueden tomar según la normativa colombiana.
Marco legal de la propiedad horizontal
La propiedad horizontal en Colombia está regulada por la Ley 675 de 2001, que establece los derechos y obligaciones de copropietarios sobre bienes privados y comunes, así como las normas de convivencia. Cada edificio o conjunto debe contar con un reglamento interno que no puede contravenir esta ley.
Sanciones para propietarios infractores
El abogado especialista Ramiro Serrano explica que, si el agresor es propietario, la administración puede imponer multas económicas de hasta dos cuotas de administración. Además, puede publicar avisos en zonas comunes identificando al infractor y el motivo de la sanción. Si las conductas persisten, se puede restringir el acceso a zonas comunes no esenciales como salones sociales, piscinas o canchas deportivas.
En casos de reincidencia, la administración puede acudir a la Policía para aplicar el Código de Convivencia y presentar una querella. Si hay violación del reglamento o la ley, se podría iniciar un proceso verbal sumario para imponer correctivos.
Medidas cuando el infractor es arrendatario
Cuando el responsable es un arrendatario, además de las sanciones anteriores, se puede solicitar la restitución del inmueble basada en la Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana. Esta norma permite terminar el contrato por violaciones reiterativas a la convivencia.
Si la propiedad horizontal no tiene administración, los afectados deben acudir directamente a la Inspección de Policía para que se apliquen los correctivos del Código Nacional de Seguridad y Convivencia.
Estas herramientas buscan garantizar la seguridad y la sana convivencia en los espacios compartidos, protegiendo los derechos de todos los residentes.



