Multan al presidente Petro por desacato a fallo de tutela en caso contra fiscal
Multan a Petro por desacato a fallo judicial en caso de fiscal

Nueva sanción judicial golpea a la Casa de Nariño

El Juzgado 54 Administrativo del Circuito de Bogotá ha impuesto una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes al presidente Gustavo Francisco Petro Urrego, tras determinar que incurrió en desacato a un fallo de tutela. La decisión, consignada en providencia del 27 de febrero de 2026, marca un nuevo capítulo en las tensiones entre el poder ejecutivo y el judicial.

El origen del conflicto legal

El incidente fue promovido por el fiscal Mario Andrés Burgos Patiño, quien el 5 de septiembre de 2025 solicitó la apertura de un incidente de desacato. Burgos alegó que el mandatario no cumplió con una orden de rectificación derivada de una tutela que protegía sus derechos al buen nombre y la honra.

La controversia se remonta a declaraciones públicas del presidente Petro, donde vinculó al fiscal con carteles de narcotráfico y con el caso del fiscal paraguayo Marcelo Pecci. En esas intervenciones, el jefe de Estado insinuó que Burgos habría eliminado o desaparecido del expediente a Sebastián Marset, señalado como presunto autor intelectual de un homicidio.

Evaluación del cumplimiento judicial

Al analizar el caso, el juzgado determinó que las rectificaciones emitidas por el presidente no se ajustaron plenamente a lo ordenado judicialmente. El despacho señaló que, mediante auto del 6 de octubre de 2025, se impartieron instrucciones específicas para la rectificación, otorgando un término prudencial dada la complejidad del caso.

Sin embargo, el tribunal concluyó que las acciones del mandatario "desdibujan la orden judicial inicial" y que la orden no fue acatada en su totalidad, a pesar de los límites establecidos por sentencias previas del Consejo de Estado sobre alocuciones presidenciales.

Consecuencias y próximos pasos

Como resultado de esta determinación, el juzgado resolvió:

  • Imponer la multa de cinco salarios mínimos, que deberá ser consignada dentro de los tres días siguientes a la ejecutoria en cuentas del Consejo Superior de la Judicatura.
  • Negar la solicitud de arresto contra el presidente y la compulsa de copias ante la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.
  • Descartar remitir el caso para investigar posibles delitos como prevaricato por omisión o fraude a resolución judicial.

La decisión judicial subraya que la sanción económica no exime al mandatario del deber de cumplir el fallo original. El expediente será enviado al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para surtir el grado jurisdiccional de consulta, paso obligatorio en este tipo de actuaciones judiciales.

Contexto legal y político

Este caso se enmarca en una serie de tensiones entre el gobierno del presidente Petro y diferentes órganos de control. La providencia judicial señala que, aunque hubo pronunciamientos del mandatario encaminados a atender la orden, estos no satisfacen completamente lo exigido por la justicia.

El juzgado consideró que la multa resulta proporcional a la falta cometida y que no se evidenciaron conductas punibles adicionales durante el trámite del incidente de desacato. La resolución mantiene el foco en el cumplimiento de la orden de rectificación original, que busca proteger los derechos fundamentales del fiscal Burgos.